El escrito que Montenegro presentó ante Oyarbide (tras re-recusarlo)
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) El ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Montenegro, presentó este viernes (30/04) un recurso de casación contra el fallo de la Cámara Federal que rechazó su pedido de recusación contra el juez Norberto Oyarbide, en el marco de la investigación por las escuchas telefónicas irregulares, tal como anoche había anticipado Urgente24.
Por otra parte, Montenegro fue indagado este viernes por Oyarbide pero no respondió preguntas y se limitó a presentar un escrito, al que Urgente24 pudo conocer por fuentes judiciales.
“Me presenté, le hice conocer en un escrito todas las explicaciones que venía diciendo a Oyarbide. Me basé en las imputaciones que me venía haciendo el juez, siempre nuestra motivación fue colaborar para tratar de esclarecer un hecho. Este hecho existió y el juez debe contar con la información para esclarecerlo”, declaró al salir de Tribunales.
Consultado por los periodistas, apuntó que “Yo creo que debe aclararse la situación para determinar cuáles son las responsabilidades de los integrantes, aunque tengo en claro que no hay responsabilidades de los funcionarios del Gobierno”.
Y recordó: "yo aporté los videos de James, yo nunca lo encubrí, demostré con las filmaciones que estuvo en el Ministerio”.
Al respecto respondió que “No sé si puede ser procesado Macri, nosotros estamos haciendo aclaraciones para dejar en claro que ni yo ni el Jefe de Gobierno tenemos nada que ver con el hecho".
Finalmente, en respuesta a las especulaciones acerca de su renuncia al cargo, subrayó que “nunca pensé en dar un paso al costado, sólo haría eso si me lo pide Macri o yo lo decido.”
# A continuación, el texto que Montenegro presentó ante Oyarbide:
FORMULA MANIFESTACIONES.-
SEÑOR JUEZ:
GUILLERMO T. MONTENEGRO, por mi propio derecho, con relación a la causa Nº 12.466/09 del registro de la Secretaría Nº 13, manteniendo el domicilio legal constituido en la calle Libertad Nº 1213, piso 5º de esta ciudad, conjuntamente con mis letrados defensores, Dres. Ana M. García y Fabián E. Musso, a V.S., respetuosamente, me presento y digo:
I. OBJETO.
Que habiendo sido convocado a prestar declaración indagatoria en la presente causa para el día de la fecha y con el afán de ser claro y preciso en las explicaciones de los sucesos que son materia de investigación, vengo a formular las siguientes manifestaciones que solicito formen parte constitutiva del acto en ciernes.-
II. ACLARACIÓN PREVIA.
Deseo poner en conocimiento de V.S. que en la fecha he interpuesto recurso de casación contra la decisión del Superior que no hiciera lugar a la recusación planteada en autos.-
Resulta de mi interés que dicha incidencia sea resuelta por las instancias correspondientes, pese a lo cual ocurro a este acto y realizo las siguientes manifestaciones por tener presente que debido a la trascendencia institucional que estos actuados han adquirido, es de suma importancia que avente cualquier duda, por menor que ella fuera, sobre la corrección de mi proceder.-
Así entonces, es menester dejar claro que mi voluntad expresa de prestar declaración no importa renuncia ni desmedro de las cuestiones pendientes de resolución, tanto en lo que hace a Vuestra intervención como a la validez de los actos practicados en el decurso de su tramitación.-
III. MANIFESTACIONES.-
De inicio, en forma previa a referir a las circunstancias a las que V.S. remite al momento de convocarme, debo dejar asentado que no conozco ni he visto jamás al Sr. Ciro Gerardo James. Por tal motivo, en momento alguno he tenido ningún tipo de relación con él ni personal, ni funcional ni telefónica.-
Del mismo modo, no tomé conocimiento de los hechos que aquí se investigan ni de la eventual participación de los encausados hasta que esto ha tomado estado público.-
A partir de allí, como a V.S. le consta y referiré particularizadamente mas adelante, he agotado los medios a mi alcance tanto para colaborar con esta investigación como para evitar que elementos de prueba que pudieran ser relevantes se perdieran por el transcurso del tiempo.-
Aclarado ello, que es a todas luces vital para la investigación que V.S. esta instruyendo, intentaré despejar toda duda al respecto.
En el mes de octubre de 2007 renuncié al cargo de Juez Federal que ostentaba hasta esa fecha a raíz del ofrecimiento que tuve del Ing. Mauricio Macri para hacerme cargo del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que se materializó el día 10 de diciembre de ese mismo año.
En ese sentido, durante los meses de diciembre de 2007, enero y febrero de 2008 mantuvo el Gobierno de esta Ciudad una serie de negociaciones con el Gobierno Nacional a efectos de lograr el traspaso, junto con sus fondos de la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la Policía Federal Argentina, con el objeto de que la Ciudad contara con una fuerza policial propia.
Cabe consignar que esa negociación se vio trunca por la negativa del Gobierno Nacional de hacer lugar a tal petición, motivo por el cual el Jefe de Gobierno me ordenó la misión de presentar un Plan Integral de Seguridad en el que contara la existencia de una fuerza civil armada. Debo mencionar que a esos efectos se presentó el mencionado plan y se trabajó sobre un diseño de policía comunitaria y de cercanía al vecino. Dicho trabajo se vio plasmado con la aprobación de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires de la Ley de Seguridad Publica Nro. 2894, que concluye con la creación de la citada fuerza policial que fue denominada “Policía Metropolitana”. Esta ley fue aprobada el día 28 de octubre de 2008.
El diseño de dicha fuerza policial fue realizado por el suscripto y un grupo de más de 200 expertos que acercaron sus ideas, trabajos e inquietudes y fueron plasmados en distintos proyectos que en definitiva dieron vida no sólo a la fuerza sino también al Instituto Superior de Seguridad Publica que hoy funciona en nuestra ciudad.
Dichas personas eran profesionales y técnicos de distintas áreas que poseían especializaciones en Derecho Administrativo, Derecho Laboral, Formación Física, Formación Policial, Auditoría, Cuerpos Médicos, especialistas en recursos humanos, pedagogos, psicólogos, y sus trabajos quedaron plasmados y se encuentran en el Ministerio a mi cargo a disposición de V.S. En esos equipos de trabajo muy pocas personas de fuerzas de seguridad participaron y sus tareas eran muy específicas.
A modo de ejemplo, puedo mencionar, entre otros, al Comisario General ® Norberto Ramis de la Policía Federal, quien había sido director del Instituto de Formación Policial de dicha fuerza, el Comisario Mayor ® Carlos Missurelli, también de la mencionada fuerza policial. De igual modo, debo señalar al Prefecto General ® Roberto Chacon de la Prefectura Naval Argentina, al comisario Mayor Víctor Sarnaglia de la Policía de Santa Fe, al Comisario Inspector ® Claudio Zapata de la misma fuerza, quienes trabajaron en el diseño del perfil del policía y colaboraron con profesores universitarios en el diseño del Instituto Superior de Seguridad Publica, creado por ley Nro. 2895.
En todos los casos, se buscaron profesionales con vasta experiencia en su labor policial para poder volcar de alguna manera sus conocimientos en la formación de esta nueva fuerza.-
Durante el año 2009 se dejó de trabajar sobre planes y proyectos, se empezó a materializar la construcción del Instituto Superior de Seguridad Pública y se inició la selección e incorporación de personas provenientes de otras fuerzas de seguridad para ocupar los primeros mandos de la Policía Metropolitana. En idéntico sentido, los funcionarios incorporados se encargarían de la instrucción policial de los primeros oficiales y de cubrir urgentes necesidades operativas de esta novel fuerza.
A raíz de los hechos que se ventilan en estos actuados y una vez que tomaron estado público, me anoticié que Ciro Gerardo James se había postulado para ingresar a la Policía Metropolitana entre cientos de aspirantes y que su solicitud de ingreso había sido rechazada en el Ministerio a mi cargo, tal como consta en la documentación reservada en el Tribunal y que fuera remitida por el suscripto.
Habiendo consultado con la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio se me hizo saber que su solicitud había sido rechazada en virtud de una incompatibilidad preexistente al hallarse contratado por el Ministerio de Educación de esta ciudad.
A los fines que V.S. tenga cabal conocimiento de las áreas del Ministerio de Justicia y Seguridad, cabe destacar que el mismo consta de cinco Subsecretarías (Justicia, Seguridad Urbana, Emergencias, Seguridad Metropolitana y Administración de la Policía Metropolitana). Cada dependencia a su vez, a cargo de un subsecretario, tienen sus responsabilidades primarias, quienes tienen a sus cargos diferentes Direcciones Generales y deben llevar adelante su gestión conforme la ley.
La subsecretaria de Justicia está a cargo del Dr. Daniel Presti, la Subsecretaria de Seguridad Urbana está a cargo del Dr. Matias Molinero, la Subsecretaria de Emergencias está a cargo del Nestor Nicolás, la Subsecretaria de Justicia esta el Dr. Daniel Presti, en Seguridad Urbana de Policía Metropolitana se encuentra a cargo del lic. Eugenio Burzaco y la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana se encuentra acéfala.
Para mayor ilustración se adjunta organigrama:
La cantidad de empleados que dependen del Ministerio a mi cargo es de aproximadamente 4000 empleados, teniendo como función los subsecretarios ocuparse de todas las cuestiones atinentes al día a día, de política de gestión y de todas las cuestiones administrativas.
Con lo expuesto deseo resaltar que a conocimiento del suscripto llegan los expedientes para su firma, precedido de todo un procedimiento de instancias que obligatoriamente debe respetarse.
De ello puede concluirse que la solicitud de ingreso del mencionado James jamás ha estado a consideración del suscripto.
Del mismo modo puede colegirse que ningún proceder que pretendiera ocultar su existencia es dable predicar de mis actos, cuando tanto su petición como el rechazo administrativo han quedado plasmados documentalmente y V.S. cuenta con ellos a partir de mi actitud de colaboración.
En efecto, al tomar conocimiento el suscripto por un oportuno pedido del Tribunal, ordené la formación de diversas investigaciones internas a fin de determinar la presencia de Ciro James en el edificio donde funciona el Ministerio a mi cargo y establecer si el mismo, a pesar de no haber sido nombrado o contratado bajo ninguna modalidad, había permanecido de alguna manera en el edificio.
Por tal motivo, ordené la realización de copias de las filmaciones existentes en la grabadora que registra las imágenes que toman las cámaras dispersas por todo el Ministerio.
Este tipo de grabadoras tienen un sistema de grabación automático que cuando se completa la memoria vuelve a grabar sobre las imágenes más antiguas. Esta circunstancia no resulta un dato menor porque el hecho de haber realizado el suscripto tal actividad de investigación interna permitió dar cuenta de la presencia de Ciro James en el cuarto piso del Ministerio.
Nótese que al momento en que V.S. solicitó las grabaciones de las cámaras de seguridad se le adjuntó las que habían sido grabadas por orden del suscripto. Este hecho es fundamental a los fines de demostrar mi proceder, pues de no haber mediado mi intervención el sistema habría re-grabado sobre esas imágenes, no pudiendo el Tribunal a la fecha contar con dicha información, toda vez que por las fechas al momento de la solicitud de V.S. el sistema probablemente habría grabado sobre ellas.
Esto no debe soslayarse y demuestra a las claras la constante colaboración que se prestó a la presente investigación para poder aportar la mayor cantidad de datos posibles para el esclarecimiento de los hechos.
A su vez, en las mencionadas grabaciones se da cuenta de la presencia del Sr. James en el cuarto piso del edificio donde funciona el Ministerio a mi cargo, los días 14 y 28 de septiembre del año pasado.
En dichas imágenes se lo ve al nombrado en el pasillo y luego ingresando al despacho que en esos momentos era utilizado por el Dr. Osvaldo Chamorro, quien se desempeñaba como Subjefe de la Policía Metropolitana.
Al respecto, es importante que se tengan en cuenta las siguientes cuestiones: en el cuarto piso del edificio donde se encuentra sito el Ministerio, funcionan las siguientes oficinas: despachos privados de los Subsecretarios de Seguridad, Justicia y Emergencias, áreas de legales de las Subsecretarias de Seguridad, Justicia y Emergencias (cada una de ellas con una oficina); despacho privado del Jefe de Policía, oficina de la secretaria privada del Jefe de Policía y dos oficinas más correspondientes a empleados del nombrado Jefe de Policía, en ese momento también se encontraba sito el despacho del Sub-Jefe de Policía, el despacho privado del Jefe de Gabinete del suscripto, oficina de la secretaria privada del antes nombrado, despacho privado del Director General de Estudios y Tecnologías de la Información, oficina de la secretaria privada del nombrado, oficina de prensa del Ministerio, despacho del rector del Instituto de Seguridad Pública y la oficina de empleados del Instituto antes descripto.
En un sector diferenciado del resto del piso, por las características que a continuación se detallarán, se encuentra el despacho del suscripto, el que cuenta con tres oficinas correspondientes a secretarias y asesores de mi persona.
En ese entender, puede advertirse claramente que el flujo de personas que permanentemente ingresa y egresa del cuarto piso es vasto, ello sin contar el resto de personal del edificio que por razones funcionales deben ingresar al piso.
En lo que atañe al despacho del suscripto, cabe consignar que para acceder al mismo debe ingresarse a una amplia oficina que hace las veces de secretaría “ante-privada” que tiene acceso limitado ya que debe accederse con un timbre de seguridad que acciona la secretaria, luego de traspasarse ese sector, se ingresa, también a través de timbre, a la oficina de las secretarias privadas y asesores del suscripto.
Una vez allí, puede accederse a mi despacho privado con la venia de las secretarias privadas, y si las mismas no se encuentran, esa puerta sólo puede ser franqueada con mi huella digital desde afuera y desde adentro haciendo funcionar un dispositivo que permita la apertura de la puerta.
Cabe hacer mención que el ingreso del suscripto al despacho privado se efectúa por una entrada distante a 25 metros aproximadamente del pasillo central en donde se halla el despacho que utilizaba el Dr. Chamorro. Ese es el mismo camino que sigo para retirarme de mi despacho diariamente, con lo cual, cabe inferir que si no existe una motivación suficiente, puedo entrar al edificio, permanecer en mi despacho, y salir del Ministerio sin haber pasado por ese pasillo central que da acceso a las restantes oficinas del piso (antes descriptas).
A fin de ilustrar a V.S. en relación a cuáles han sido mis actividades de los días en los que James estuvo presente en el Ministerio, habré de adjuntarle impresión de la agenda de tales jornadas, en donde se registran distintas actividades propias de mi función, finalizando ambos días con el Sr. Hugo Jaimes, quien es terapeuta y me entrevistaba con él en razón de una circunstancia familiar determinada (orientación vocacional de mi hija mayor).
A mayor abundamiento, cabe consignar que el día 14 concurrí a la reunión de gabinete de ministros que se realizara a las 8 de la mañana en la Avda Cabildo 3067, la que tiene habitualmente una duración aproximada de dos horas, luego me dirigí a mis oficinas en donde a las 11 de la mañana mantuve una reunión de comunicación con los subsecretarios Dres. Molinero, Presti y Nicolás en donde se evaluó lo acontecido la semana anterior y cuáles eran las novedades de la semana que empezaba. Esa reunión tuvo una duración aproximada de tres horas.
Probablemente, ya que no se encuentra consignado en la agenda actividad alguna, ese día almorcé en mi oficina para luego dirigirme al domicilio de la Licenciada Gabriela Michetti a fin de hacerle una presentación de lo que se denomina “Oficina Virtual”, que es un proyecto para poder trabajar con expertos de distintas regiones del país y del mundo, en red, por medio de un programa interactivo. Dicha reunión tuvo una duración aproximada de una hora y media, sin poder aseverarlo con exactitud. Luego, debo haber regresado a mi despacho hasta las 18.45, hora en la que concurrí a las oficinas del Sr. Hugo Jaimes ubicado en la calle Billinghurst 2497, piso 7mo D, lugar en el que permanecí hasta las 20.30 hs., momento en que me dirigí a mi domicilio particular.
El día 28 inicié las actividades en reunión de gabinete de ministros en la sede del gobierno en la calle Bolívar 1, de esta Ciudad; de allí concurrí a la Fiscalía Contravencional del Dr. Angel Carestía en donde tuve que prestar declaración testimonial a raíz de los hechos que tuviera como parte a la que en ese momento fuera la jueza contravencional Dra. Parrilli y aporté el CD de grabaciones de las imágenes en donde la nombrada fue filmada increpando a dos empleadas del Cuerpo de Agentes de Tránsito de la Ciudad. A las 11 de la mañana me hice presente en mi despacho en donde se llevó adelante la reunión de comunicación con el formato explicitado en el párrafo precedente.
A las 13 hs. almorcé en mi despacho con el Dr. Javier Concepción que se desempeña en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad. A las 14 hs. tuve una audiencia con una persona de apellido Barassi, concurriendo luego a las oficinas del Dr. Ignacio Rial, Síndico de la Ciudad, ubicadas en la calle Carlos Pellegrini 211 de esta Ciudad, en donde permanecí desde las 15 hasta las 16 hs. Para luego dirigirme a la sede del Gobierno en la calle Bolívar 1 una a fin de hacer una presentación a otros integrantes del Gobierno del proyecto de “Oficina Virtual”. Allí permanecí y me entrevisté con periodistas de Telefe desde las 17 hasta las 18 hs. Aproximadamente, concurriendo nuevamente a oficinas del Lic. Jaimes de 18.30 a 20.30 hs., momento en el que me retiré a mi domicilio.
De lo expuesto surge mi actividad de ambos días así como también mi firme convicción de no haber visto jamás a James, como ya lo he señalado.
Con relación a lo mencionado en el auto de fecha 5 de abril de 2010 mediante el cual se me convoca a prestar declaración indagatoria, en el que se expresa: “Cabe resaltar que incluso en una de esas fechas -14/09/09- Ciro James concurrió a la cartera señalada luego de retirar el producido de las escuchas telefónicas de la victima Carlos Avila desde la Dirección de Observaciones Judiciales de la Secretaria de Inteligencia de la Nación” (el resaltado me pertenece).
Sobre ello, cabe hacer mención que de la documentación agregada al expediente surge que el Sr. James podría haber estado en las inmediaciones de Observaciones Judiciales aproximadamente a las 14.30 del día 14 de septiembre de 2009 y según surge de las filmaciones obtenidas en el piso 4to del Ministerio a mi cargo el nombrado arribó a las 17.26 hs., motivo por el cual en ese lapso de tiempo a las claras estuvo en otros lugares – cosa que también se desprende de la documentación agregada a la causa – que da cuenta que el teléfono que utilizaba el Sr. James previo al arribo al Ministerio a mi cargo, fue activado en distintas zonas de la Capital Federal, tales como Avda. del Libertador 4101 a las 15.15 hs., Avda. del Libertador y Suipacha a las 15.47 hs., Facultad de Derecho a las 15.50 hs., Avda Las Heras y Azcuenaga a las 15.51 hs., Larrea 1257 a las 16.02 hs, Azcuenaga 1048/58 (Hospital de Clínicas) a las 16.03 hs, Marcelo T. de Alvear 1548 (Palacio Pizzurno) a las 16.19 hs., Marcelo T. de Alvear 1548 (Palacio Pizzurno) a las 16.29 hs., Avda Cordoba 1184 (Teatro Colon) a las 16.32 hs., Tacuari 202 a las 16.38 hs. Todas éstas a modo de ejemplo, con lo cual también puede inferirse que luego de haber retirado grabaciones de Observaciones Judiciales, dichas grabaciones perfectamente pueden haber sido dejadas en cercanías de cualquiera de los lugares antes ejemplificados, habida cuenta que el arribo al cuarto piso del Ministerio a mi cargo es a las 17.26 hs.. Pasaron casi tres horas entre que James se retiró de Observaciones Judiciales y arribó al Ministerio.
Así pues surge a las claras de las filmaciones incorporadas, que el Sr. James nunca estuvo con el suscripto y que el dia 14 de septiembre luego de retirar distintas grabaciones éstas perfectamente pudieron haber sido dejadas en otro lugar.
Nótese que esas grabaciones fueron realizadas al empresario Carlos Avila con quien al suscripto no lo une relación alguna comercial, de amistad o enemistad. Por el contrario, con el nombrado he compartido encuentros sociales, pero en momento alguno se vislumbra algún interés por esta parte de conocer sobre las actividades del nombrado.
Aclarando tal circunstancia hago saber a V.S. que de todas las personas a las que se le realizaron grabaciones a sus conversaciones privadas solo conozco al mencionado Carlos Avila (socialmente), al Dr. Francisco Castex (por su actuación profesional él como abogado y yo como funcionario judicial) y al Sr. Sergio Burstein, con quien hemos compartido algunas entrevistas periodísticas y sesiones en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, en momentos en que el nombrado cuestionaba la designación de Jorge Palacios como Jefe de la Policía Metropolitana. Con este último, a pesar de las diferencias de criterio que manteníamos en esas oportunidades, el trato siempre, de ambas partes, fue educado y cordial. Al resto de las personas no las conozco ni he tenido trato en oportunidad alguna.
Aclarada tal circunstancia en modo alguno he participado en actividad que tuviera como fin realizar los hechos que se investigan en las presentes actuaciones u ocultar su existencia.
Con lo expuesto ha quedado palmariamente demostrado que no he participado en reunión alguna con el Sr. James en los días 14 y 28 de septiembre pasado en momentos en que concurriera al Ministerio a mi cargo (cotejar videos aportados por esta parte e impresión de la agenda, aunado a las explicaciones brindadas precedentemente).
A continuación, he de referirme a la imputación expresada por V.S. en el auto antes mencionado, la que señala: “Por el contrario, conforme surge de los listados aportados por la firma NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA S.A., ha podido verificarse la presencia del nombrado James en las cercanías del Ministerio de Justicia y Seguridad de la ciudad de Buenos Aires en numerosas oportunidades a lo largo del periodo descripto”.
“Ello se desprende del análisis de las celdas que dan cuenta de la ubicación de las antenas mediante las cuales el nombrado emitía y recibía comunicaciones desde y hacia su aparato celular provisto por esa compañía telefónica (11-5182-9607)”.
He de entender que a V.S. le parece sospechoso que el nombrado haya realizado o recibido llamadas en las cercanías del Ministerio a mi cargo, pero también comprendo que este solo elemento no alcanza para tener acreditado ni como hipótesis que el nombrado lo hacía desde el Ministerio. Y más aun, para presumir fundadamente que lo hacía prestando algún tipo de colaboración a esta área.
Por el contrario la propia empresa de telefonía aclara a fs. 2068 y en cada uno de los informes de listados de llamadas investigadas en autos, la IMPOSIBILIDAD DE DETERMINAR UBICACIÓN EXACTA DE UNA PERSONA a través de las antenas y/o celdas que hubieren captado la llamada efectuada desde una determinada zona.
Aunado a que ha quedado suficientemente acreditado en autos que James prestaba servicios en la Policía Federal Argentina como agente de inteligencia y que se encontraba contratado por el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Cabe hacer mención asimismo que seis celdas de la empresa Nextel son las que podrían tomar los llamados realizados desde el Ministerio, a saber:
1) Celda 1127 “La boca sur”, ubicada en Avda. Regimiento de los Patricios 1600.-
2) Celda 426 “Quinquela Martin” ubicada en la intersección de las calles Quinquela Martin y C. Melo.-
3) Celda 150 “Montes de Oca”, ubicada en Avda. Regimiento de Los Patricios al 500.-
4) Celda 1118 “La Boca”, ubicada en Olavaria al 200.-
5) Celda 1119 “Barracas”, ubicada en Santa Magdalena al 300.-
6) Celda 1348 “Central Park”, ubicada en la intersección de las calles Isabel La Católica y Salvadores.-
Que en la zona de influencia de dichas celdas se encuentran cinco dependencias de la Policía Federal a saber:
a) Comisaría 24, sita en la calle Pinzon 456.
b) Bomberos Cuartel III, sito en la calle Brandsen 1046.
c) Comisaría 26, ubicada en la calle Montes de Oca 861.
d) Comisaría 30, ubicada en la calle Gral. Hornos 768.
e) Obra Social de Auxiliares de Inteligencia de la Policía Federal, sito en la calle Caseros 915.
Así pues perfectamente el nombrado James, que se desempeñaba como Auxiliar de Inteligencia, podría haber concurrido a la Obra Social que lo nuclea o a cualquiera de las dependencias policiales arriba descriptas, o a cualquier otro domicilio que esté ubicado en un radio que va mas allá de las diez cuadras del Ministerio a mi cargo.
Lo expresado por V.S. en el auto antes descripto, al referir “En ese mismo sentido, también se comprobó en autos que en varias oportunidades luego de retirar el producido de las escuchas telefónicas indebidas desde la citada Dirección de Observaciones Judiciales, James se habría dirigido a un radio al menos “llamativamente cercano” (el entrecomillado me pertenece) del Ministerio a cargo del Dr. Guillermo Montenegro” queda refutado con lo explicitado en los párrafos anteriores, no pudiendo por si solo, tal como fuera señalado, hacer presumir participación alguna del suscripto en los hechos que son motivo de pesquisa.
Con todo ello quiero significar que los elementos colectados y que fueran reseñados en esta presentación, en modo alguno pueden hacer inferir cuanto menos algún tipo de relación con el Sr. James ni con la actividad que el mismo desplegaba; muy por el contrario, queda plasmada sin hesitación alguna, mi ajenidad total a cualquier tipo de actividad ilegal que pudiera haber desplegado el nombrado o cualquiera de las otras personas involucradas en el presente proceso.
Cualquier indicio de “proximidad”, o como se le pretenda denominar, que pueda inferirse de las circunstancias señaladas por V.S. chocan contra pruebas objetivas que no pueden desmentirse: (i) Que no existe ni una sola comunicación entre esa persona y el suscripto; (ii) Que no lo conozco ni he compartido con él ni tan siquiera una plática; (iii) Que no formó parte del personal del Ministerio que conduzco y para mas (iv) Que su solicitud de incorporación fue rechazada por vía y motivos exclusivamente administrativos.-
De tal suerte, el grado de relación que pretende inferirse de su localización en determinadas fechas es igual para mí como para los cientos de miles de personas que viven, trabajan o circulan por un radio de aproximadamente diez cuadras a la redonda de la sede del Ministerio.-
En suma, vuelvo y digo: No conozco al Sr. Ciro James; no he tenido con él contacto alguno, ni personal ni telefónico; no formó parte del personal del Ministerio que conduzco; su solicitud de ingreso fue rechazada por conducto administrativo antes de llegar a mi conocimiento; su presencia en la sede del Ministerio en dos oportunidades no guarda relación conmigo, conforme surge de las propias grabaciones y del detalle de mi actividad en esos días, aportado en este acto; las pruebas que acreditan ambas circunstancias, tanto su solicitud de ingreso como su presencia, fueron aportadas al legajo por mí, en forma personal, demostrando mi voluntad de colaborar en su esclarecimiento; su presencia en cercanías del Ministerio me es tan atribuible como la de cientos o miles o cientos de miles de personas que pudieran haberse encontrado en la misma situación, toda vez que puede descartarse que lo hiciera para verme, entrevistarme o mantener cualquier tipo de contacto conmigo; solo conocí de las actividades ilícitas que se le imputan a partir de la divulgación pública y, a partir de ello, procuré activamente el éxito de esta investigación.-
Como V.S. fácilmente concluirá resulto absolutamente ajeno a los hechos, no solo porque puedo decir que los desconocía sino porque no hay una sola actividad propia que amerite ser explicada o que pueda ser sospechada de formar parte de un entramado ilícito o su ocultación.-
Dije de inicio que mi labor eminente estuvo enderezada a dotar a la ciudad de Buenos Aires de un cuerpo policial que permitiera paliar uno de los problemas mas acuciantes de sus ciudadanos. Lejos estaba de mi labor o de mis principios, inmiscuirme en la intimidad de cualquiera de ellos y, de haber conocido cualquier actividad de terceros en tal sentido, jamás la hubiera tolerado.-
Comprenderá entonces que me es, personal y funcionalmente, de suma importancia tanto que mi ajenidad quede judicialmente acreditada como que los presentes hechos queden esclarecidos hasta sus últimas consecuencias, tarea en la cual y mas allá de requerir una solución procesal definitiva a mi respecto, seguiré colaborando como hasta aquí en lo que esté a mi alcance.-
Tenga V.S. presente lo expuesto y al presente como parte integrante de mi declaración indagatoria que, SERA JUSTICIA.