28 marzo, 2024

Se debate en diputados el polémico proyecto que prevé la distribución de ganancias

La comisión de Legislación Laboral de la Cámara de Diputados citó para este martes 19/10 a la Unión Industrial Argentina (UIA), entre otras instituciones, para participar de las audiencias públicas en las que se comenzará a debatir el proyecto que establece la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas.
El proyecto de ley impulsado por el diputado Héctor Recalde, cuenta con el respaldo de la CGT, y prevé la garantía de participación de los trabajadores en hasta el 10 por ciento de las ganancias de las empresas de más de 300 ación.
Para la primera audiencia, además de Héctor Méndez, de la UIA, están convocados la Cámara Argentina de Comercio (CAM), la Asociación Empresaria Argentina (AEA), la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas, la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA) y la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA).
También, están citados la Asociación de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (ABAPPRA), la Confederación Empresaria Argentina (CAME), la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA) y la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios de la República Argentina (APYME).
Los miembros de la Comisión de Enlace agropecuaria: Hugo Biolcati (SRA); Mario Llambías (CRA); Carlos Garetto (Coninagro) y Eduardo Buzzi (Federación Agraria Argentina) también integran la lista de convocados.
De todas maneras más allá de las audiencias en comisión el proyecto no será apurado sino que quedará para el próximo año". Recalde no tiene apuro ya que de acuerto al texto su poyecto comenzaría a regir a partir de 2012.
LA LEY RECALDE
La iniciativa de ley del diputado y asesor de la CGT, Héctor Recalde, que plantea la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas,consta de 32 artículos y alcanzará en principio a las empresas que tengan más de 300 empleados y un nivel de rentabilidad.
Pero gradualmente irá extendiéndose:
>A los 2 años llegará a aquellas empresas que tengan hasta 100 trabajadores
> A los 3 años todas las compañías deberán acatar el reparto de ganancias entre sus empleados.
> La distribución será calculada sobre la utilidad anual, descontando el pago de impuestos y las inversiones.
> El monto a repartir será del 10 por ciento de todas las ganancias.
Asimismo establece que la proporción de ganancia que corresponderá a cada trabajador se determinará en base a la antigüedad, la categoría de convenio y el nivel salarial, quedando excluidos los directivos y gerentes de las empresas.
La distribución de ganancias se concretará una vez por año fiscal y tendrá carácter no remunerativo, con lo cual estará exceptuada del pago de aportes y contribuciones patronales, y no será contemplada sobre la base salarial sobre la que se computa el pago del impuesto a las Ganancias.
Se fija que una parte del monto de ganancias a distribuir será destinado a crear un fondo solidario que financiará programas de asistencia o ayuda a trabajadores en negro y desocupados que perciben la asignación universal por hijo.
Se creará un Consejo Nacional de Participación Laboral, que funcionará como autoridad de aplicación de la ley, en la órbita del Ministerio de Trabajo. Se trata de un organismo conformado por representantes del Poder Ejecutivo, de las entidades empresarias y los trabajadores, que podrán fiscalizar los números de las compañías.
Una de las funciones principales del Consejo será fijar un mínimo de ganancias a partir del cual se aplicará la ley.
Un 5 por ciento del total de las ganancias que se distribuyan entre los empleados será destinado a la creación de un "Fondo Solidario". El 95 por ciento restante del monto a dividir será repartido de forma "proporcional" a los días trabajados y según lo que cobre cada empleado, es decir, que el que gane más recibirá un porcentaje mayor.
Esta ley plantea ciertas excepciones, que involucran a aquellas empresas que no deberán repartir ganancias. Por dos años no se sumará a las compañías que tengan menos de dos años de antigüedad, las cuales recién deberá acatar la medida cuando cumpla los dos años de actividad.
Tampoco deberán repartir sus utilidades "durante los primeros cuatro años de aplicada la ley" las empresas que se dediquen al rubro de "bienes o servicios nuevos".
Quedarán exentas de dividir sus ingresos las fundaciones privadas con personería sin fines de lucro y las asociaciones cooperativas.

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