29 marzo, 2024

Crearon Registro de Datos Genéticos Digitaliza​dos

En el transcurso de la sesión ordinaria se creó, mediante la sanción de una ley aprobada con 50 votos positivos, el Registro de Datos Genéticos vinculados a delitos contra las personas y contra la Integridad Sexual, constituido sobre la base de la huella genética digitalizada obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN) no codificante, en las circunstancias y bajo las modalidades establecidas por esta presente Ley. El Registro que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tiene por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual previstos en el Libro Segundo, Título II, Capítulo II y Capítulo IV y de los delitos contemplados en los artículos 79, 80, 81, y82 del Capítulo I Título I Libro II del Código Penal de la Nación Argentina cometidos en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para cumplir con su fin el registro debe obtener, analizar y almacenar, previa orden judicial, información no codificante asociada a una huella genética digitalizada. Se entiende como huella genética digitalizada al registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de genotipos que segreguen independientemente, sean polimórficos en la población, carezcan de asociación directa en la expresión de genes y aporten sólo información identificatoria apta para ser sistematizada y codificada en una base de datos informatizada.
Se conformará un Comité Científico Asesor, que establecerá el número mínimo de marcadores y el valor máximo de probabilidad de coincidencia por azar requerido, de conformidad con los últimos, mejores y modernos criterios médicos y científicos. El mismo estará conformado por tres científicos de las áreas de genética forense, biología molecular o bioética, que serán designados por la autoridad de aplicación previo acuerdo de la Legislatura. Los miembros representantes del Poder Ejecutivo y los designados por la Legislatura.
La información incluida en el Registro es de carácter reservado y de acceso restringido a las autoridades judiciales competentes en materia de prevención e investigación de los delitos contemplados en el mencionado Código Penal de la Nación. No podrá ser consultado o solicitado para otros fines. Sólo la autoridad competente en el curso de una investigación o proceso penal, en el que se investigue alguno de los delitos contemplados en dicho código, puede disponer la obtención de las muestras biológicas que posibiliten la elaboración de las respectivas huellas genéticas digitalizadas y siempre deben obtenerse a través del medio menos lesivo para los derechos del condenado con sentencia firme. Una vez determinado el perfil genético, el Registro debe destruir la muestra biológica excepto cuando un juez competente lo ordene mediante resolución fundada. En t antoque la información obrante en la sección Condenados del Registro sólo será dada de baja transcurridos cien años desde la iniciación de la causa en la que se hubiera dispuesto su incorporación o por orden judicial.
Entre las disposiciones finales se establece que la Autoridad de Aplicación reglamentará la ley dentro de los 120 días desde su promulgación.
El proyecto de ley presentado por el diputado Cristian Ritondo (PRO) y el Jefe de Gobierno, fue votado con un texto consesuado basado en el despacho de mayoría de las Comisiones de Justicia, de Asuntos Constitucionales, de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación y de Presupuesto. Al presentar el proyecto, la diptuada Victoria Morales Gorleri (PRO), expresó que junto al fallecido legislador Gerardo Ingaramo, fueron ambos los promotores de la iniciativa que tomó la demanda de organizaciones de la sociedad civil. La diputada Gorleri destacó el trabajo mancomunado de diferentes bloques para lograr la sanción definitiva del proyecto, sosteniendo la importancia en su implementación contra "no sólo los delitos contra la integridad sexual sino también contra los homicidios dolosos". Desde el punto de vista específico de lamedicina, la legisladora afirmó: "Creemos que tenemos que expresar claramente que el registro del ADN es sobre el ADN no codificante".

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