28 marzo, 2024

Por el posible impuesto a la herencia, hay más consultas para donar y anticipar el traspaso de bienes

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Polìtico). El consenso fiscal que fue firmado por los Gobernadores de 23 provincias del país -excepto el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- habilita a los gobiernos provinciales a implementar nuevos impuestos, entre ellos a la herencia. Según el texto oficial, se faculta durante todo 2022 la posibilidad de legislar sobre un impuesto a todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión de bienes (herencias, donaciones o anticipos de herencia).

Hasta el momento, ese impuesto solo existe en la provincia de Buenos Aires, donde está vigente desde 2011. También se aplicó en la provincia de Entre Ríos, pero luego de algunos años fue eliminado. Sin embargo, con la firma del consenso fiscal y la posibilidad de que más provincias lo apliquen, varias personas y familias comenzaron a buscar formas de anticiparse a esta situación.

Se multiplicaron las consultas de clientes que quieren realizar una transmisión “ordenada” de sus bienes en vida y evitar costos mayores

“Hay consultas contrarreloj antes de fin de año. Hay consultas por donaciones y muchas se pusieron en marcha, aunque luego requieren varias semanas de preparación. Y también por sesiones de herencia y de derechos hereditarios. De una madre viuda a sus hijos, por ejemplo. Los derechos hereditarios también se pueden ceder a terceros. Todos buscan que un posible impuesto a la herencia no impacte tanto”, aseguró el escribano Ricardo Blanco Lara.

Los padres pueden donar las propiedades a sus hijos pero reservarse el usufructo Los padres pueden donar las propiedades a sus hijos pero reservarse el usufructo

“La gente hoy tiene mucha información sobre estos temas. Y las personas de cierta edad comienzan a pensar en cómo ordenar su patrimonio. Hay distintas maneras y eso depende del estilo de cada familia. Muchos prefieren donar en vida y reservarse el usufructo y de esta forma evitar gastos futuros a sus hijos. El donante es en general el que paga los gastos. Mientras que otras personas confían en que sus hijos resolverán la herencia más adelante”, agregó Blanco Lara.

En la provincia de Buenos Aires, el único distrito del país donde existe este impuesto (se llama impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes), se paga en el caso de transmisiones gratuitas que superen el monto de $1.344.000, en el caso de que la transferencia sean de padres, hijos o cónyuges. Mientras que si se trata de otros parentescos, se cobra a partir de 322.800 pesos.

En la provincia de Buenos Aires se paga en el caso de transmisiones gratuitas de padres, hijos o cónyuges que superen $1.344.000, en otros parentescos la base se reduce a 322.800 pesos

Las alícuotas van desde 1,6% para herencias menores a $616.137, con un tope de hasta 6,4% para herencias de $78 millones en adelante. De acuerdo a la legislación bonaerense, el impuesto debe pagarse independientemente de la ubicación física de los bienes. Solo están exentos del pago los bienes declarados como “bien de familia” (mientras se mantengan bajo esa calificación durante cinco años o más).

“Esto generó mucho revuelo y todo el mundo está viendo qué hace. También quienes están en la provincia de Buenos Aires donde si bien el impuesto ya está, hay un temor de que aumente la alícuota, por eso se está analizando si adelantar la transferencia de bienes”, contó a Infobae el tributarista Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

En la provincia de Buenos Aires se pagan diferentes alicuotas por los bienes heredados según el grado de parentescoEn la provincia de Buenos Aires se pagan diferentes alicuotas por los bienes heredados según el grado de parentesco

“El consenso fiscal no estableció un límite para el impuesto. En otros países, las alícuotas son más altas, pero acá sería una locura porque ya está el Impuesto a los Bienes Personales, que se fue pagando todos los años. No creo que pueda pasar del 30% por la confiscatoriedad. Hay antecedentes por los cuales más de un tercio sería confiscatorio”, agregó Domínguez.

Para el tributarista Mariano Echegaray Ferrer es difícil anticiparse a la medida cuando aun no se conoce la letra chica, los detalles de cómo ni cuándo se aplicará. Especializado en temas rurales, advirtió que la explotación de inmuebles rurales siempre es un tema que está sobre la mesa del ordenamiento patrimonial.

Un tema clave para este impuesto, como también para Bienes Personales o el denominado impuesto inmobiliario, es la valuación fiscal de las propiedades según cada distrito. Algunas provincias tiene valores muy atrasados y otras los fueron actualizando desde 2018 en adelante.

Un tema clave para este impuesto, como también para Bienes Personales o el Inmobiliario, es la valuación fiscal de las propiedades

“Sabíamos que en 2022 iba a haber más presión fiscal y que el Gobierno intentaría replicar el impuesto a las grandes fortunas. Ese era el escenario. La clave es la base para calcular el impuesto, que es el valor fiscal de las propiedades. En el primer pacto fiscal, en 2017, se determinó que se iba a crear un organismo federal de valuación de inmuebles pero nunca se llevó adelante. Ahora, el nuevo consenso fiscal reactiva esa idea”, alertó Echegaray Ferrer.

Un aumento de las valuaciones fiscales impacta directamente en Bienes Personales, impuesto inmobiliario y un posible impuesto a la herencia. “En 2018 y 2019 algunas provincias hicieron un ajuste importante en las bases fiscales porque venía el cambio en Bienes Personales, que iba a bajar, y tenían que compensar la recaudación”, recordó.

Donación de bienes

Hasta 2020, la posibilidad de donar un inmueble, una práctica habitual de padres a hijos, se vio muy limitada por las modificaciones que se habían aplicado en el Código Civil y Comercial desde 2015. Eso había provocado que los inmuebles donados quedaran en una situación jurídica “observable”, ya que luego podían ser reclamados por herederos en el marco de una sucesión, y perdían su valor comercial o dejaban de ser aptos para ser tomados como garantía bancaria.

Sin embargo, a fines del 2020, a través de una ley se modificaron tres artículos del Código Civil que se referían específicamente el régimen de donaciones. El gran cambio es que las donaciones de bienes inmuebles de padres a hijos o a terceros ya no son jurídicamente observables y no tienen trabas para venderse o usarse como garantías bancarias. Otro beneficio es que realizar una donación en vida resulta menos costoso que las sucesiones.