4 abril, 2025

Rige el nuevo impuesto a los celulares (para finaciar el deporte olimpico)

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Desde este miércoles 28/04 rige la polémica ley 26.573, aprobada en el Senado el pasado 2 de diciembre, que grava con un impuesto del 1% al consumo de telefonía celular. La medida, que las empresas todavía no saben a partir de cuándo la aplicarán, impactará sobre aquellos que tienen abono fijo.
Lo insólito es que el Gobierno reglamentó sólo 3 de los 41 artículos que conforman la flamante ley: los dos primeros, que le dan vigencia a la norma, y el 39º, en el que se aclara que las “empresas deberán girar mensualmente a la cuenta del Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Enard), en el Banco Nación”.
ARTICULO 1º — Créase el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo, como persona jurídica de derecho público no estatal destinado a gestionar y coordinar apoyos económicos específicos para la implementación y desarrollo de las políticas de alto rendimiento.
ARTICULO 2º — El Ente tiene plena capacidad jurídica para administrar los recursos asignados en la presente ley, afectándolos exclusivamente a:
a) Asignar becas a deportistas dedicados a actividades y competencias deportivas conforme lo establezca la reglamentación de la presente ley;
b) Complementar los subsidios de la Secretaría de Deporte de la Nación para solventar los gastos que demande la participación en competencias deportivas internacionales que consten en el calendario oficial de la respectiva Federación Internacional y que se encuentren incluidas en el presupuesto anual, aprobado por el Directorio Ejecutivo;
c) Solventar honorarios de entrenadores y técnicos afectados al alto rendimiento;
d) Contratar especialistas en ciencias aplicadas al deporte y adquirir los elementos necesarios para el entrenamiento de los deportistas;
e) Brindar apoyo económico para la organización de competencias nacionales e internacionales a realizarse dentro del territorio de la República Argentina;
f) Asegurar la cobertura médico-asistencial de los deportistas, entrenadores y técnicos contemplados en la presente ley;
g) Solventar los costos de mantenimiento del laboratorio de control de doping, dependiente de la Secretaría de Deporte de la Nación;
h) Arbitrar las medidas conducentes para el apoyo a los deportistas paralímpicos;
i) Implementar planes, programas, proyectos y acciones a través de unidades ejecutoras públicas o privadas, nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires idóneas para tales cometidos, no pudiendo este concepto exceder el diez por ciento (10%) de los recursos recaudados en forma anual.
ARTICULO 39. — Las actividades y acciones del Ente se deben financiar con los siguientes recursos:
a) El producto de un cargo del uno por ciento (1%), aplicado sobre el precio del abono que las empresas de telefonía celular facturen a sus clientes, neto de I.V.A. Este cargo debe ser aplicado a sus clientes por las empresas que brindan tales servicios y las que obtengan concesiones o licencias en el futuro. Los importes del producido deben ser girados dentro de los treinta (30) días de percibidos por la empresa prestataria a una cuenta que a ese sólo efecto debe mantener el Ente en el Banco de la Nación Argentina.
b) El producido de aportes, donaciones, subsidios y contribuciones que efectúen personas físicas o jurídicas, estatales o privadas y todos los recursos que pudiere aportar el Estado nacional. Los recursos asignados están exentos del pago de impuestos o tasas nacionales. Vencido el año fiscal el importe depositado en cuenta, pasará automáticamente al próximo período.
La normativa ideada por el dueño de Telecom y presidente del Comité Olímpico Argentino (COA), Gerardo Werthein, gravará a los 16 millones de usuarios. Las cuatro operadoras de celulares en el país (Movistar, Personal, Nextel y Claro) aún están analizando cuándo implementarán la medida.
El impuesto recaerá sólo en quienes reciben factura. En el sector estimaron que el aporte promedio será de cuarenta centavos ($ 0,40) por cada factura de los 16 millones de usuarios que usan servicios postpagos.
El cálculo se hizo en base al consumo promedio, que es de 40 pesos por mes. Según datos del mercado, hay 46,5 millones de líneas habilitadas en el país, pero sólo el 35% (16 millones) paga un abono; el resto consume tarjetas prepagas. Las entidades que defienden a los consumidores desmintieron las estimaciones de las empresas y elevaron el nivel de consumo promedio mensual de comunicaciones móviles a 60 pesos.
A pesar del rechazo de las organizaciones de defensa del consumidor y de las cámaras del sector, el 2 de diciembre 55 senadores oficialistas y opositores respaldaron la ley. La senadora de la Coalición Cívica María Eugenia Estenssoro votó en contra porque consideró que con esta normativa el empresario kirchnerista Werthein se convertirá en el principal cobrador y máximo beneficiario, según Crítica
Werthein es además el máximo responsable del Enard, el ente privado que él mismo creó para reunir el dinero y preside Telecom, dueña de Personal.

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