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La Presidenta de la Coalición Cívica, Elisa Carrió fue sobreseída esta vez por el Juez Claudio Bonadío en una causa que le había iniciado el verborrágico Jefe de Gabinete,Aníbal Fernández.
Se trata de la Causa 3265/09 y el sobreseimiento fue dictado el 14 de mayo de 2010.
Carrió dijo, y por eso fue llevada a juicio: “El tema de la seguridad en la Argentina se enfrenta combatiendo a las organizaciones delictivas y solo se pueden hacer fuerzas políticas que tuvieran compromiso con esas fuerzas delictivas, con esas organizaciones que básicamente están en el conurbano. Esta es la imposibilidad de Aníbal Fernández de enfrentar estas organizaciones porque las conoce lo suficiente como para poder enfrentarlas”. (
)
Carrió había hecho esas declaraciones en el canal América 24 en una entrevista realizada por el periodista Paulo Vilouta en la que también dijo: “Él sabe más que nadie cuáles son las organizaciones delicitivas, él desde Quilmes ¿No sabe cuáles son las organizaciones delictivas que funcionan en Quilmes” (
) “Lo que yo no puedo comprar en nombre de la ética de este país es que las cárceles estén llenas de chicos pobres y los jefes de las mafias vivan en los countries porque esto es una injusticia”.
Es el segundo sobreseimiento que Carrió le gana a Aníbal Fernández en una semana.El anterior fue dictado por la Sala Dos de la Cámara Federal.
Hace 7 días, la líder de la Coalición Cívica, fue sobreseída en una denuncia que le por haberlo vinculado con el narcotráfico durante una entrevista.
La decisión fue tomada por los jueces de la Sala II de la Cámara Federal porteña, que consideraron que los dichos de Carrió "revistieron su opinión en torno a una autoridad pública en lo tocante a sus actividades como tal -y más allá de los calificativos empleados", según el fallo.
La diputada fue entrevistada por Radio 10 el 20 de marzo de 2009, cuando Fernández era ministro de Justicia y Seguridad, y allí vinculó al funcionario kirchnerista con el narcotráfico.
Fernández denunció a Carrió por calumnias e injurias, delitos para los cuales el Congreso Nacional -a instancias de un proyecto del Gobierno- derogó las penas de prisión, un reclamo que había hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo "Kimel" de mayo de 2008, cuando condenó al Estado Nacional.
Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah señalaron que Carrió estaba siendo entrevistada "acerca de temas vinculados con asuntos concernientes al interés de la ciudadanía en general y en particular sobre las características de idoneidad que deben reunir los funcionarios para ser designados al frente de los distintos ministerios del Poder Ejecutivo Nacional".
También resaltaron que "la relación entre los delitos al honor y la libertad de expresión habrá de variar en su contenido según que la víctima de la presunta ofensa se trate de un particular, o de un funcionario o persona de actuación pública".
El tribunal fijó en su fallo que la denuncia contra Carrió "no afecta el buen nombre y honor del que hubiera gozado".