6 abril, 2025

El Acceso a la Información y la Desaparición Forzada de Personas, los temas del Senado de la Nación

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El Acceso a la Información y la desaparición forzosa de personas serán los temas centrales de la sesión que se realizará en el Senado este miércoles 08/09
El Acceso a la Información que tiene preferencia para ser tratado, con o sin dictamen, cuenta con un apoyo significativo de los legisladores, que definieron llevarlo al pleno del cuerpo luego de la reunión de Labor Parlamentaria realizada este martes 07/09 en el despacho del titular del Senado, Julio Cobos.
Así, el Senado se anticipará a la Cámara de Diputados, donde se espera el tratamiento de otra iniciativa que va en el mismo sentido.
El proyecto, cuya autoría es del senador de Probafe, Samuel Cabanchik, plantea que toda persona, física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a requerir, acceder y recibir información pública en forma completa, veraz, adecuada y oportuna.
Según Cabanchick "hay un amplio consenso para tratar" el tema.
La iniciativa sostiene que “toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reutilizar y redistribuir información que está en poder, custodia o bajo control de cualquier autoridad pública”.
Por otra parte, este miércoles 08/09 también se tratará –tiene preferencia, con dictamen- la modificación del Código Penal y del Código Procesal Penal de la Nación en relación con el delito de desaparición forzada de personas.
Según la iniciativa el nuevo tipo penal tendrá un pena de “prisión de 10 a 25 años e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y para tareas de seguridad privada, al funcionario público o a la persona o miembro de un grupo de personas que, actuando con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, de cualquier forma, privare de la libertad a una o más personas, cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona…”.
La pena será de prisión perpetua si resultare la muerte o si la victima fuere una mujer embarazada, una persona menor de dieciocho años, una persona mayor de setenta años o una persona con discapacidad. La misma pena se impondrá cuando la víctima sea una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre.
La norma prevé atenuantes: la pena podrá reducirse en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo en caso que los autores liberen con vida a la víctima o proporcionen información que permita su aparición con vida.
El texto acordado plantea, además, modificaciones en el Código Procesal Penal de la Nación, ya que en adelante, el juez, de oficio o a pedido de parte, “deberá apartar a las fuerzas de seguridad que intervengan en la investigación cuando de las circunstancias de la causa surja que miembros de las mismas pudieran estar involucrados como autores o partícipes de los hechos que se investigan, aunque la situación sea de mera sospecha”. Asimismo, prevé que el juez no podrá disponer el archivo de las causas “hasta tanto la persona no sea hallada o restituida su identidad. Igual impedimento rige para el Ministerio Público Fiscal”.
Por decreto del Vicepresidente Julio Cobos, las sesión arrancará a las 10 horas por el “comienzo del Rosh Hashanna”, el año nuevo judío.

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