Diputados le dice NO a la baja en la edad de imputabilidad de menores
Si analizamos la realidad actual en torno al tema de la delincuencia juvenil, nos encontramos con que aumentó la cantidad de delitos cometidos por jóvenes, que bajó la edad de los autores de acciones delictivas y se incrementó el número de detenciones.
En el Congreso de la Nación se hablaba de bajar la edad de imputabilidad, elevar las penas, construir más instituciones de encierro.
Tal es asi que el pasado 25 de noviembre de 2009 la Cámara de Senadores aprobó y remitió a Diputados el proyecto de ley que reduce a 14 años la edad de imputabilidadde las personas al tiempo que crea un régimen especial para su juzgamiento, independiente del contemplado para los mayores de edad, con penas reducidas y condiciones especiales. Tras la votación, el Senado culminó la sesión por falta de quorum.
El proyecto fue apoyado por 41 senadores contra uno en contra, a cargo de la oficialista riojana Teresa Quintela, quien consideró que "la responsabilidad de la delincuencia juvenil debe ser encontrado en los adultos".
La propuesta establece que la responsabilidad penal alcanzará a los jóvenes de 14 ó 15 años de edad que cometan un delito con pena mínima de 3 años de prisión o reclusión; y a los jóvenes de 16 ó 17 años de edad que participe en la comisión de un delito con pena mínima de 2 años o más de prisión o reclusión.
Determina que ninguna persona menor de 18 años a la que se le atribuya la comisión de un delito podrá ser juzgado por el sistema penal general ni podrá atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores.
La iniciativa señala que estarán exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito no alcancen la edad de 14 años y tampoco recibirán sanciones quienes tengan 14 o 15 años y hayan cometido delitos de acción privada sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años, mientras que los que tengan 16 ó 17 años podrán ser penados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad menor a dos años.
El futuro régimen deja constancia que la privación de la libertad de las personas menores de 18 años sólo será "la excepción y el último recurso" y establece que "se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar" y que "en caso de no existir este, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescente".
El juez podrá aplicar como sanciones una escala que va desde las disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.
Destaca que "los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados.
Pero cuando todo se encaminaba en este sentido, la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados rechazó por mayoría la Media Sanción del Senado y emitió dictamen sobre otro proyecto consensuado entre legisladores de los partidos GEN, Proyecto Sur y Frente para la Victoria cuya base es un proyecto que habían presentado los diputados Horacio Alcuaz y Fernanda Gil Lozano.
El dictamen de Comisión aprobado este martes 21/09 propone un sistema penal específico para los menores de 16 a 18 años que reemplace el Decreto Ley de la dictadura militar que se aplica en la actualidad, privilegiando la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, promocionando el tratamiento de los vinculados al privilegiando su educación y reinserción en su seno familiar y social.
El debate recién comienza y el tema está en el orden del día