Argentina, ausente en cumbre clave contra el tabaquismo
Argentina, ausente en cumbre clave contra el tabaquismo
La IV Conferencia de las Partes del Convenio Marco para el Control del Tabaco tendrá lugar la semana que viene en Uruguay. Pero el país no contará con representante por no haber ratificado ese tratado contra el cigarrillo
POR RICARDO MANGANO
El encuentro es llevado adelante por la Organización Mundial de la Salud, y tendrá lugar en Punta del Este, Uruguay, entre el 15 y el 20 de este mes.
De la Cuarta Conferencia de las partes del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) participarán representantes de los 171 países que firmaron este tratado internacional en pos de combatir los males que genera el consumo de tabaco a nivel mundial.
La Argentina, a pesar de contar con medidas antitabáquicas en algunos distritos y con un proyecto nacional que sólo obtuvo la media sanción de Senadores, no podrá participar activamente del encuentro. El país adhirió al Convenio Marco pero no lo ratificó aún en el Congreso.
La Conferencia de las Partes es el órgano deliberativo del CMCT. En esta nueva reunión evaluarán los alcances a nivel mundial del tratado, y establecerán los pasos a seguir en los próximos dos años.
Entre los temas que a discutir se encuentran la posibilidad de incluir un nuevo protocolo sobre comercio ilícito de productos de tabaco y directrices del convenio como la reglamentación y divulgación del contenido de los productos de tabaco.
Si bien las decisiones que se toman afectarán a la Argentina por haber adherido al tratado, no podrá formar parte de las deliberaciones por no haberlo ratificado, se estima por presiones del lobby tabacalero.
Argentina, junto a Zimbabue, Etiopía, Afganistán y Haití, integra el reducido grupo de países en desarrollo que aún no ha adherido el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), considerado el primer tratado global de salud pública.
El Gobierno argentino adhirió al pacto en septiembre de 2003, pero desde entonces su necesaria ratificación por el Congreso se encuentra trabada por contínuo "lobby" de empresas tabacaleras y la resistencia de legisladores de provincias productoras de tabaco, como Misiones, Salta, Jujuy, Chaco, Corrientes, Catamarca y Tucumán, que aducen que su aprobación afectaría economías de sus distritos empobrecidos.
Para que el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT),tenga vigencia en nuestro país, es necesario la ratificación del Congreso Nacional.
El Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT), entró en vigor el 27 de febrero del 2005 y fue ratificado por casi todos los países firmantes, incluyendo la Unión Europea, los principales productores de tabaco como China, Brasil, India, Turquía, casi todos los países de Latinoamérica, y todos los de MERCOSUR excepto Argentina. A septiembre de 2010 lo habían ratificado 171 países.
Por no ratificar el convenio, Argentina quedaría marginada de la próxima conferencia del ente rector del CMCT que sesionará en Uruguay la próxima semana y a la que asistirán representantes de unos 170 países.
La Constitución de la Nación Argentina establece en su articulo 75 inciso 22 que le corresponde al Congreso "aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. Luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional".
Según datos oficiales, el tratamiento de enfermedades provocadas por el hábito de fumar le cuesta a Argentina unos 7.000 millones de pesos (1.814 millones de dólares) por año.
El pacto global de la OMS obliga a los estados firmantes a proteger a sus poblaciones de la exposición al humo de tabaco mediante la prohibición de la publicidad de cigarrillos, un aumento de la carga impositiva y de precios, y la creación de espacios libres de humo en lugares públicos y de trabajo.
La publicidad es un punto particularmente conflictivo en la lucha contra el tabaco. Mientras los defensores de las restricciones remarcan la importancia de limitar todo tipo de exhibición relacionada al cigarrillo, las tabacaleras la defienden y niegan que su objetivo sea captar nuevos clientes.
Argentina, donde aún es común que personas fumen en lugares cerrados o taxis, tiene el consumo per cápita más alto de América Latina, con 1.014 cigarrillos por año por persona.
A diferencia de Brasil, Chile o Perú, por ejemplo, que desde hace años incorporaron fotos con efectos provocados por el cigarrillo, los paquetes en Argentina sólo tienen una pequeña advertencia con la leyenda "el fumar es perjudicial para la salud".
El convenio también obliga a suprimir el patrocinio de tabaco y establece la prohibición de lo que la OMS y casi 170 países consideran etiquetas engañosas y falsas en los paquetes, con términos como "ligero", "suave" o "con bajo contenido en alquitrán".
Su aprobación parece muy necesaria en un país donde el 32 por ciento de la población adulta fuma y lo hace además de forma intensa.
Pero nada de esto parece interesarle a los legisladores argentinos que desde 1995 por cuestiones fiscales vienen prorrogando la ley 24.625 que creó el impuesto adicional de emergencia del 21 por ciento sobre el precio de venta de cada paquete vendido en el territorio nacional.
Desde su creación, este impuesto se mantuvo vigente por diversas prórrogas sancionadas por ley. Por citar sólo la última de ellas, en noviembre del año pasado, éste Congreso sancionó la ley N° 26.545 que, en su artículo 4°, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2010 la vigencia del mencionado impuesto.
La proximidad a la fecha de su vencimiento y la necesidad de dotar al ejercicio fiscal 2011 de la previsibilidad y sustentabilidad necesarias llevaron a los legisladores a solicitar al Congreso de la Nación una nueva prórroga de su vigencia, l;a que por ahora solo fue aprobada por la Cámara de Diputados hasta el 31 de Diembre de 2011
Recordemos también que, según lo dispuesto en el artículo 11 de la ley 25.239 de Reforma Tributaria, el producido de este gravamen se destina al sistema de seguridad social para el cumplimiento de las obligaciones previsionales nacionales. Dicho destino fue prorrogado por sucesivas leyes.
En este sentido, cabe destacar que durante 2008 y 2009 la medida significó una recaudación adicional de $ 555.000.000 y $ 658.000.000, respectivamente, aunque en Argentina mueran cada año, 40.000 personas por enfermedades relacionadas con el cigarrillo.