6 abril, 2025

La oposición quiere cooparticipar el impuesto a los cigarrillos

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La prórroga del impuesto a los cigarrillos planteará un fuerte debate en la cámara alta, ya que el oficialismo y la oposición, ya marcaron sus diferencias en torno a la iniciativa. El oficialismo pretende que esa norma mantenga su afectación específica destinada a recaudar dinero para volcarlo a la seguridad social. En tanto, el senador Carlos Verna (PJ- La Pampa), sostuvo que el impuesto perderá su destino porque la Cámara de Diputados aprobó su prórroga sin la mayoría absoluta que exige la Constitución en estos casos.
En la sesión del 11 de noviembre de 2010, el proyecto fue aprobado por 125 votos afirmativos. Según Verna, como se trata de un impuesto específico la aprobacion requería de una mayoría especial, que no fue conseguida. Hubo 125 votos afirmativos y se necesitaban 129. La Constitución, en su artículo 75, inciso tercero, dice que se requiere de tres cláusulas: la determinación de la finalidad, el tiempo y la mayoría calificada. En la Cámara de Diputados, esa mayoría calificada no está.
Por ello, aunque el Senado apruebe la norma por más de la mitad más uno de los votos, el impuesto pasará a rentas generales y podría ser coparticipable. Desde el oficialismo, en cambio, fuentes del bloque del Frente para la Victoria argumentaron que la mayoría absoluta sólo es necesaria para la creación del impuesto y no para su prórroga.
Así, se discutirá en sesión extarordinarias si el gravamen será coparticipable con la Provincias a partir de 2011 o si seguirá siendo destinado a la ANSeS.
Según pudo saber Urgente 24, el justicialista pampeano Carlos Verna firmó el dictamen en disidencia parcial y llevará la discución a la sesión de este miércoles 15/12.
La Nación, perderá en caso de que el impuesto se haga coparticipable más del 55% de la recaudación que pasará a manos de las provincias.
Desde su creación, este impuesto se mantuvo vigente por diversas prórrogas sancionadas por ley. De no sancionarse la prórroga del impuesto adicional sobre los cigarrillos, el Gobierno perderá más de $8500 millones de recaudación.
La Ley 24.625 creó un impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cada paquete de cigarrillos vendido en el territorio nacional. Fue sancionada el 28 de diciembre de 1995 y promulgada mediante Decreto 10, con fecha 3 de enero de 1996, que fue publicado en el Boletín Oficial 28.307.
Según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 25.239, el producido de este gravamen se destina al sistema de seguridad social para el cumplimiento de las obligaciones previsionales nacionales. Dicho destino fue prorrogado por sucesivas leyes.
Durante 2008 y 2009 la medida significó una recaudación adicional de $ 555.000.000 y $ 658.000.000, respectivamente, aunque en Argentina mueran cada año, 40.000 personas por enfermedades relacionadas con el cigarrillo.
El Proyecto en cuestión
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, inclusive, la vigencia del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, establecido por la Ley N° 24.625 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2°.- Prorrógase durante la vigencia del Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, o hasta la sanción de la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75, inciso 2, de la Constitución Nacional, lo que ocurra primero, la distribución del producido del mencionado tributo prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 25.239, modificatoria de la Ley Nº 24.625.
ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos, respecto del artículo 1°, para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1 de enero de 2011, inclusive.
ARTICULO 4º: De forma.

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