La nueva Ley de Adopción, una promesa K incumplida
"Es fundamental que el Parlamento trate una nueva ley de adopción. No podemos seguir teniendo esta ley en la Argentina", dijo la presidente Cristina Fernández, al cierre de su discurso de apertura del periodo 129 ºde sesiones ordinarias del Congreso Nacional.
En medio de aplausos de los legisladores kirchneristas y la militancia ubicada en las gradas, pero también de sectores de la oposición, CFK remarcó que "se necesita un instrumento que proteja al interés de los menores y de las familias".
"Necesitamos de una herramienta para que las familias desesperadas por tener un hijo no realicen maniobras ilegales porque no pueden acceder al derecho de la maternidad o la paternidad", resaltó en su mensaje.
CFK dijo, además, que analizó el asunto con los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti y Elena Higthon de Nolasco en una audiencia que mantuvieron en la residencia presidencial de Olivos destinada a avanzar en la puesta en marcha de la Comisión de Reforma del Código Civil.
Pasaron 5 meses de aquella promesa y a un mes de las elecciones presidenciales aún no se sabe cuándo llegará al Congreso. Mientras tanto, son muchas las personas interesadas en que una nueva ley venga a reemplazar la actual, que data de 1997, mientras se conocen casos de ventas de bebés y demoras en los trámites legales para adoptar a un niño. Sin embargo, hay distintas visiones respecto a cómo deberá legislar la próxima ley el tema de la adopción.
En el Congreso hay más de una veintena de proyectos que versan sobre el tema. La mayoría de ellos modifica el Título IV de la Sección 2da., Libro 1ro. del Código Civil de la Nación.
El más importante quizas sea el que firma la diputada Cynthia Hotton ( Valores para mi País- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) junto a decena de diputados de distintos bloques politicos como Liliana Bayonzo (UCR-Chaco), Silvia Srtorni (UCR-Córdoba), Hugo Acuña y Jose Breillo( Moviviento Popular Neuquino- Neuquen), Juan Obiglio (PRO- Ciudad de Buenos Aires), Enrique Thomas (Peronismo Federal-Mendoza), entre otros.
El proyecto que durme la siesta en un cajón de las comisiones de Legislación general que preside la kirchnerista Vilma Ibarra y Familia, Mujer, Niñez y Adoslecencia, a cargo de Claudia Rucci (Peronismo Federal-Buenos Aires), señala que "La adopción de niños, niñas y adolescentes no emancipados se otorgará por sentencia judicial a instancia del adoptante. La adopción será otorgada a personas que hayan cumplido veinticinco años de edad (en la actualidad es de 30).
"Podrá ser adoptante toda persona de la que se tenga por comprobadas condiciones morales, de salud física y psicológica, así como los medios de vida necesarios para asumir la responsabilidad parental y reúna los demás requisitos establecidos en el artículo 312, debiendo acreditar de manera fehaciente e indubitable, residencia permanente en el país por un período mínimo de cinco años anteriores a la petición de la guarda", fundamenta el proyecto que esta sobre el escritorio de la presidente Cristina Fernández.
El Régimen actual
El régimen de adopción está actualmente regulado por la Ley 24.779, sancionada e incorporada al Código Civil en 1997 y prohíbe, entre otras cosas, que alguien pueda ser adoptado "por más de una persona simultáneamente, salvo que los adoptantes sean cónyuges".
No obstante, el artículo 315 prohíbe adoptar a los cónyuges que tengan menos de 3 años de casados y a "quienes no hayan cumplido treinta años de edad".
El artículo 321 señala que en el juicio de adopción "el juez o tribunal valorará si la adopción es conveniente para el menor teniendo en cuenta los medios de vida y cualidades morales y personales del o de los adoptantes".
Además, establece que "las audiencias serán privadas y el expediente será reservado y secreto" y que "solamente podrá ser examinado por las partes, sus letrados y los peritos intervinientes".
Por otra parte, en el artículo 317 se establece que para otorgar la guarda de un menor, la Justicia debe "tomar conocimiento de las condiciones personales, edades y aptitudes del o de los adoptantes teniendo en consideración las necesidades y los intereses del menor".