5 abril, 2025

La veda electoral no rige en las redes sociales

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A partir de las ocho de la mañana rige en todo el país la veda electoral. Esto implica que están prohibidos los actos públicos de proselitismo y la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos que intenter captar el voto del elector.
Doce horas antes y tres horas después de finalizados los comicios, están prohibidos la portación de armas, banderas, divisas u otros distintivos y el expendio de bebidas alcohólicas.
Durante el acto electoral, es decir, el domingo de 8 a 18, están prohibidos los espectáculos populares al aire libre y en recintos cerrados, las fiestas teatrales y deportivas y toda clase de reunión pública que no sea la elección.
El director nacional electoral, Alejandro Tullio, aclaró que en las redes sociales no rigen prohibiciones. "Son espacios de libertad y no están alcanzadas por las prohibiciones", sostuvo.
"La transmisión de la opinión individual de un ciudadano en las redes sociales, por más que llegue a muchos, no implica la violación de la veda. Las redes sociales son multidireccionales, son propiedad de todos y de nadie", agregó.
Sin embargo, explicó que "los partidos y los candidatos no podrían, aún en las redes sociales, difundir un mensaje proselitista".
Veda para anuncios
La nueva ley electoral prohíbe a quienes ocupan cargos ejecutivos y a la vez son candidatos lanzar anuncios de gestión de sus gobiernos durante los 15 días previos a los comicios. Esta norma empezó a regir el sábado 8 de octubre.
¿Qué se vota?
Los ciudadanos habilitados para votar en las elecciones generales de este domingo 23 de octubre eligen:
-Presidente, vice y 130 diputados nacionales en todo el país
-24 senadores nacionales en ocho provincias (Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz)
– Gobernadores, intendentes y legisladores en nueve provincias (Formosa, Jujuy, Mendoza, Buenos Aires, San Luis, San Juan, Entre Ríos, La Pampa y Santa Cruz).

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