Licencia por maternidad de 105 días en la Policía Metropolitana
La iniciativa del Vicepresidente 1º Cristian Ritondo (PRO), se incorporó un grado intermedio en el escalafón y también se incorporaron beneficios relacionados con las licencias por maternidad .
La aprobación modifica el Artículo 17 del Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana sancionado por la Ley Nº 2947. En adelante, el Escalafón General Policial se organizará en una categoría única que cuenta con los siguientes grados en orden creciente:
> Oficial
> Oficial Mayor
> Subinspector
> Inspector
> Subcomisionado
> Comisionado
> Comisionado Mayor
> Comisionado General
> Superintendente.
El texto definitivo establece que "el cuadro de Oficiales Operativos ésta integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor. El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subinspector e Inspector. El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subcomisionado, Comisionado y Comisionado Mayor. El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y Superintendente".
"La licencia por maternidad se concederá 105 días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal durante los 35 días anteriores al parto y 70 días corridos después del mismo, con goce de haberes. Vencido el lapso previsto para el periodo de post-parto, la mama previa comunicación fehaciente a la Policía Metropolitana, podrá optar por prorrogar su licencia 120 días corridos, sin percepción de haberes, debiendo comunicar a dicho organismo su decisión de reincorporarse a la misma con treinta 30 días de anticipación a su vencimiento", dijo Ritondo.
Agregó "que a los fines de la alimentación y cuidado del hijo, el personal policial tendrá derecho a una pausa de dos horas diarias que podrán ser divididas en fracciones cuando se destine a la lactancia natural o artificial del hijo menor de 12 meses, entre otros beneficios.
La norma propicia "incorporar la Prórroga de 120 días sin goce de haberes de la licencia por maternidad; Derecho a la pausa por alimentación y cuidado del hijo y Derecho a extender el período post-parto cuando el recién nacido debiera permanecer internado".
La votación en general fue de 43 sufragios positivos y 3 negativos.