Un Milagro entre Lorenzetti, Rosatti, Maqueda, Highton y Rosenkrantz
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). El viernes 17/03, la líder de la organización Tupac Amaru, Milagro Sala, se sometió a estudios médicos complementarios que se enmarcan en una serie de informes ordenados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para determinar las condiciones de detención de la dirigente social. Tres días antes, los integrantes del máximo tribunal resolvieron dar intervención a la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, para luego resolver sobre los planteos.
En aquella oportunidad (17/03), Sala fue trasladada desde el penal de Mujeres del barrio Alto Comedero hacia el Hospital Pablo Soria, de San Salvador de Jujuy, donde se le practicaron entre otros, un hemograma, radiografías y un ecocardiograma.
Sala, se encuentra detenida en el penal de Alto Comedero desde el 16 de enero de 2016 y sobre ella pesan diversas causas por los presuntos delitos de "administración fraudulenta", "asociación Ilícita" y "amenazas agravadas", entre otros.
Hasta el momento, Milagro Sala se había negado en dos oportunidades a realizarse estos estudios complementarios, lo que motivo que se extendiera el plazo para que la Justicia jujeña remita su informe al máximo tribunal, sobre su estado de salud. La Corte Suprema también requirió información completa sobre el estado de las causas en trámite -ante la jurisdicción local o federal- que hubieran dado lugar la detención de Sala, documento que supera las 250 páginas.
A principios de abril de este año 2017 y ante el pedido de la Corte, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que la detención de la dirigente de la Tupac Amaru, Milagro Sala, “es ilegal y debe ser dejada sin efecto”.
Los dos dictámenes Gils Carbó recordaban que Milagro Sala gozaba de fueros como parlamentaria del Mercosur al momento de ser detenida. La procuradora general explicó que la Ley Nº27.120 le otorga inmunidad de arresto a los parlamentarios, ya que se trata de una cuestión no regulada específicamente en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur. Lo fundamentado por Gils Carbó es una verdad a medias. Si bien es cierto que el protocolo constitutivo del Parlamento del Mercosur establece que "los parlamentarios no podrán ser juzgados, civil o penalmente, en el territorio de los Estados partes del Mercosur, en ningún momento, ni durante ni después de su mandato, por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones", tambien es una verdad irrefutable que Milagro Sala nunca juró como parlamentaria del Parlasur.
Otro dato, y vaya uno a saber con que intereses inconfesables, la procuradora se olvidó que 10 meses antes de sus dictámenes, el 06/07/2016, fue la propia Corte Suprema de Justicia, la que desestimó el recurso extraordinario presentado por la ex presidente Cristina Kirchner y dejó firme el fallo de la Cámara Nacional Electoral que declaraba la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley Nº27.120, que pretendía otorgar a esos legisladores del Parlasur, los mismos fueros que tienen los diputados y senadores de la Nación.
ARTÍCULO 16. "En todo lo que no estuviese previsto por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur o no se regulare específicamente por los organismos competentes, los parlamentarios del Mercosur en representación de la ciudadanía argentina, serán asimilados en el derecho interno a los diputados nacionales. Serán aplicables a su respecto, siempre que no hubiere disposición específica, las disposiciones que regulan la condición de aquéllos en cuanto a inmunidades parlamentarias, regímenes remuneratorios, laborales, previsionales y protocolares".
La discusión sobre los fueros de los diputados del Mercosur justamente se había intensificado tras la detención de la líder de la organización Tupac Amaru y volvió a despuntar con el arresto de José López, el ex secretario de Obras Públicas, que también tenía una banca en el Parlasur.
La decisión del máximo tribunal le dio la razón al planteo realizado por el actual secretario de Seguridad Interior de la Nación, Gerardo Milman, quien había cuestionado que la ley otorgara fueros no previstos por la Constitución Nacional.
Si bien es cierto que desde la incorporación de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte entró en una nueva dinámica en la que se discute voto por voto y hay un cambio de paradigma, tampoco es menos cierto que este nuevo modelo a seguir, trajo fracturas dentro del máximo tribunal, en especial despues que Ricardo Lorenzetti cambiara su voto a último momento y dejara mirando al norte a Rosatti, Rosenkrantz y Highton de Nolasco, en el fallo que establece la plena aplicabilidad del beneficio del 2×1 (art. 7, ley 24.390) para los represores detenidos por delitos de lesa humanidad. Ocurre que, según se dice, Lorenzetti iba a votar junto Rosatti, Rosenkrantz y Highton de Nolasco pero finalmente votó junto a Juan Carlos Maqueda.
El 3×2 del 2×1, dejó al descubierto que la Corte está quebrada, tan quebrada que comenzaron a circular rumores de renuncias atribuídas al abogado de Lorenzetti, Jorge Rizzo. Pero fue el propio presidente del Bloque del PJ-FPV del Senado de la Nación, Miguel Ángel Pichetto, quien pidió una "oxigenación" de la Corte Suprema. Durante el tratamiento en el Senado de los proyectos que se expresan en contra de la aplicación de ley del 2×1, cuestionó a los magistrados de la Corte porque "no se buscó un criterio de mayoría más intenso. Deberían haber hecho un esfuerzo, una cohesión en los integrantes. O, por lo menos una mayoría de 4 a 1 en un tema tan sensible". Para Federico Pinedo la credibilidad de la Corte Suprema de Justicia "quedó herida".
Y Pinedo dijo la palabra justa. ¿Que pasará con la credibilidad de la Suprema Corte si fallara a favor de la liberación de Milagro Sala? ¿Se animará la Corte a tomar una resolución ajustada a derecho sin poner la mirada en el humor social?
A fines de diciembre de 2016, los cinco magistrados de la Corte Suprema se escudaron de abordar la detención arbitraria de la titular de la Tupac Amaru, Milagro Sala, al rechazar cuatro recursos extraordinarios con el mismo argumento: "inadmisible", sin más explicaciones. Entre los cuatro recursos extraordinarios que desestimaron está el presentado por la propia dirigente social y habilitado por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal "ante el posible riesgo de colocar al Estado en situación de responder a nivel internacional", en referencia a las resoluciones de la ONU, acompañadas públicamente por la OEA.
"Ninguna de las presentaciones se vinculaba con la excarcelación/libertad de los imputados", a pesar de que la Sala II habilitó el recurso subrayando que el gobierno nacional está desoyendo el pedido de libertad inmediata hecho por la ONU.
Uno de los recursos extraordinarios, que la Corte descartó bajo el amparo del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, fueron presentados por el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Augusto De Luca; mientras que en otros dos se presentaron Graciela López y Ramón Gustavo Salvatierra, militantes de la Tupac que están siendo juzgados junto a Milagro como organizadores del ataque a huevazos contra el entonces senador Gerardo Morales en 2009.
El 4to. recurso y más reciente es el que presentó la propia Sala, con la representación de su abogada Elizabeth Gómez Alcorta y el abogado y consejero del Pontificio Consejo de Justicia y Paz del Vaticano, Juan Grabois. Este fue el recurso que motivó la decisión de los camaristas Ángela Ledesma y Alejandro Slokar de habilitar el paso a la Corte para que se pronuncie en el marco de la "Decisión 31/2016 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria perteneciente al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas", que a fines de octubre reclamó la "inmediata liberación" de Sala al considerar sufre una "detención arbitraria".
Sin embargo, los magistrados reitaron la invocación al artículo 280 del Código, lo desestimaron y regresaron al tribunal de origen. En Diciembre de 2016, el humor social era otro y no había 2×1. La marcha multitudinaria repudiando el fallo caló hondo en el seno de la Suprema Corte por más que los jueces se defiendan justificando que "no están para responder el pedido de un sector de la sociedad, por más numeroso que sea, sino para aplicar las leyes".
El lunes 08/05, una misión del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas llegó a nuestro país para evaluar las condiciones carcelarias de los detenidos, entre ellos, las de Milagro Sala.
El Grupo de Trabajo había determinado en octubre 2016 que la de la dirigente social era una "detención arbitraria" por lo que reclamó al gobierno de Mauricio Macri que disponga las medidas tendientes a procurar su liberación.
La libertad de Sala es reclamada tambien por Amnistía Internacional, la OEA, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y decenas de organismos humanitarios.
Desde su llegada, la comitiva mantuvo reuniones oficiales con la canciller Susana Malcorra; la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, una de las fundadoras del colectivo Justicia Legítima; y el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj. También con Milagro Sala, quien denunció ser víctima de "torturas" y "hostigamiento" en el penal en el que se encuentra alojada.
La delegación visitó también al Gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia y al Ministerio Público de la Acusación. También se reunió con ONGs y organizaciones sociales, entre ellas la Tupac Amaru y con los denunciantes de Milagro Sala.
En Buenos Aires, realizó una recorrida por la cárcel de Ezeiza y se entrevistó con el ex jefe del Ejército, César Milani, y el empresario K, Lázaro Báez.
La delegación del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unida, tiene previsto exponer sus observaciones preliminares en una conferencia de prensa el próximo 18/05 y presentará un informe con recomendaciones al Consejo de Derechos Humanos de la ONU en septiembre de 2018.
La presencia del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas pone en situación incómoda al gobierno de Mauricio Macri. El mismo Presidente siempre ha ponderado que la detención de Sala fue realizada por "jueces independientes" que no han sufrido presiones por parte del gobierno de Jujuy, que comanda su aliado en Cambiemos, Gerardo Morales. Incluso, Macri terminó abruptamente una conferencia de prensa en Davos (Suiza) cuando se enojó porque un periodista comparó la situación de Milagro Sala con la del venezolano Leopoldo López, al que el Presidente sí considera un preso político del régimen chavista.
Milagro Sala se encuentra privada de su libertad desde el 16/01/2016 cuando fue detenida acusada por el delito de incitación a la violencia a partir del acampe frente a la gobernación jujeña. Si bien por esa causa le fue dictada la excarcelación, Sala continúa detenida porque pesa sobre ella la prisión preventiva en el marco de otra causa, en este caso por asociación ilícita.
El Superior Tribunal, tendrá que evaluar dos recursos extraordinarios presentados por los abogados defensores de Sala, Luis Paz y Elizabeth Gómez Alcorta.
Uno de ellos vinculado con la ley que regula la elección de parlamentarios del Mercosur, la 27.120, que prevé que los representantes argentinos son "asimilados en el derecho interno a diputados nacionales".
El otro está asociado a lo solicitado por los abogados de Sala, que consideran que su detención es "arbitraria", al tiempo que denuncian que el supuesto peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación no fue fundamentado por los jueces que ordenaron su arresto.
El fallo se conocerá luego del 22/05, fecha en que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) visitará la Argentina. Fuentes judiciales hablan del voto por mayoría antes de la feria judicial que empieza en la última semana de julio. El alcance de nuevo paradigma de la Corte suprema, aún está por verse. La presión de los organismos de Derechos Humanos nacionales e internacionales es muy fuerte, tan fuerte como el reclamo de justicia de la sociedad argentina.