5 abril, 2025

La AFIP extendió hasta el 31 de enero el plazo para recategorizarse en el monotributo

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), extendió hasta el 31 de enero el plazo para la recategorización de monotributistas

La agencia señaló en un comunicado que la resolución general, a dictarse en los próximos días, “no afectará la obligatoriedad de la recategorización; los contribuyentes deberán registrarse en la categoría que se adecúe a sus parámetros”.

Se trata, explicó la AFIP, de “ofrecer alivio ante la situación de incertidumbre frente a la recategorización con las tablas vigentes”.

Además, la AFIP buscó llevar tranquilidad a los monotributistas al señalar que “todos los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores serán subsanados en el proyecto de ley”. Eso se hará, añadió, mediante modificaciones que resuelven tales cuestiones, con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto.

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El proyecto de ley enviado al Congreso de la Nación aborda distintas problemas que suelen afrontar los monotributistas. Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto administrativamente como en los montos de las obligaciones que deben afrontar quienes cambien de régimen.

  • Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto administrativamente como en los montos de las obligaciones que deben afrontar quienes cambien de régimen

El plazo originalmente fijado para la recategorización vencía el próximo miércoles, 20 de enero, según los cambios de nivel de facturación que tuviera cada monotributista. Pero como las escalas del monotributo están congeladas desde octubre de 2019, último aumento que se produjo durante la vigencia del régimen de movilidad sancionado por el gobierno de Macri en diciembre de 2017, y que el actual gobierno derogó a poco de asumir, los cambios debían ser hechos por ley.

(Télam)(Télam)

En la AFIP entienden, además, que hay unos 20.000 contribuyentes que saldrían del sistema simplificado para ir al sistema de responsable inscriptos. “Estos contribuyentes tendrán todos los beneficios de la nueva ley una vez que sea aprobada. Podrán volver al régimen monotributista si no superan el 25% de crecimiento en la facturación o tendrán todos los descuentos previstos”, habían adelantado desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

De todos modos, los términos de la recategorización figuran en la web del organismo: quienes deberán cambiar de categoría son aquellos cuya facturación sea mayor o menor al piso y techo establecido en la categoría declarada. La operación puede realizarse desde la web de la AFIP con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil “Mi Monotributo”.

Para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento. En caso de no completar al menos seis meses de actividad, se mantendrá la categorización inicial.