El anuncio sobre el uso del barbijo generó dudas: ¿se puede dejar de utilizar en la Ciudad de Buenos Aires?

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). Esta martes, Carla Vizzotti brindó una conferencia de prensa acompañada por el flamante jefe de Gabinete, Juan Manzur. Allí la ministra de Salud de la Nación anunció una serie de flexibilizaciones, entre las cuales sobresalió la referida a la utilización del barbijo: “Levantamos la obligatoriedad del uso del tapaboca al aire libre, sin personas alrededor ni en aglomeraciones”.
Asimismo, la funcionaria aclaró que “continúa siendo obligatoria en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas”.
Ante la consulta de Infobae, fuentes del ministerio de Salud nacional confirmaron que la medida comenzará a aplicarse a partir del primer día de octubre y que hasta ese momento hay normativas vigentes. Sin embargo, la segunda parte de la confusión radica en que para la Nación la utilización del tapaboca era solamente una recomendación. “El Gobierno argentino recomienda que todas las personas usemos barbijos. En algunas provincias y en la Ciudad de Buenos Aires su uso es obligatorio”, figura en la web oficial argentina.gob.ar.
Específicamente, la Capital Federal y otros 14 distritos sí dispusieron la obligatoriedad de su uso. En consecuencia, desde la cartera sanitaria porteña indicaron a este medio que “hoy sigue todo igual”. Es decir, la medida sigue vigente. En esa misma línea, otra fuente del Gobierno de la Ciudad manifestó: “Tenemos una reunión esta tarde y mañana para evaluar este tema. Por ahora no definimos nada”.
Luego de tantas dudas, desde Presidencia de la Nación emitieron un comunicado titulado “El ABC de las nuevas medidas”. Por supuesto, la primera pregunta-respuesta, a modo de guía rápida, fue: “¿Qué va a pasar con el uso del barbijo? A partir del 1 de octubre se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando estamos circulando en forma individual o en burbuja, en todos los casos cuando NO haya aglomerado de personas. Continúa siendo obligatoria en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas. Se recomienda continuar utilizando tapaboca a las personas que presenten condiciones de riesgo”.
Por otra parte, Vizzotti había informado que estarán permitidas las reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación; el aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación; y la autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.
Sobre las actividades nocturnas, dijo que las discotecas podrán abrir con aforo del 50%, con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento), pero aclaró que “es la actividad de mayor riesgo teniendo en cuenta la variante Delta”. Algo parecido ocurrirá con los salones de fiestas, bailes o actividades similares: estará habilitado para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. También habrá un protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.
Para los eventos masivos de más de mil personas, se habilitará a partir del 1° de octubre con aforo del 50% y “se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos”.
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Sobre la apertura de fronteras, aclararon que deben estudiar las fechas estimadas con Migraciones, ANAC y otras autoridades. Pero adelantaron que el 24 de septiembre se eliminará el aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.
En sintonía con esto, a partir del 1 de octubre se autorizará el ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. La apertura de fronteras terrestres será a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción). Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres.
Por último, el 1 de noviembre se habilitará el ingreso de todos los extranjeros. Se solicitará esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país; test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria y test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria.
Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7.