5 abril, 2025

Monotributo: qué modificaciones implementará la AFIP cuando se vote la nueva ley para los pequeños contribuyentes

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley que, de aprobarse, modificaría el proceso de traspaso del régimen de monotributista al de responsable inscripto en el largo plazo y brindaría una solución para la coyuntural acumulación de deuda que tuvieron en este proceso en el que estuvo suspendido el sistema.

El proyecto de ley aún no tiene comisión asignada pero está dentro del listado a tratar en las sesiones extraordinarias, por lo que en el entorno de la administradora general Mercedes Marcó del Pont entienden que hay posibilidades de que se acelere el tratamiento y obtenga una pronta aprobación.

“La medida beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general y también es una ganancia para el Estado ya que dispondrá de mucha más información, habrá mayor control por oposición”, indicó la titular de la AFIP al referirse al proyecto enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo.

Mercedes Marcó del PontMercedes Marcó del Pont

El primero se refiere al régimen para monotributistas que hubieran pasado al régimen general pero no lo hicieron porque estuvieron suspendidas la exclusiones (octubre 2019 -diciembre 2020).

Un detalle no menor es que la AFIP sólo va a tomar el componente de facturación para poder establecer el cálculo, dejando de lado otros ítems como el consumo de energía.

La página del monotributo en la AFIPLa página del monotributo en la AFIP

El último “puente” del proyecto y que es el cambio que quedará establecido a futuro es aplicable a personas excluidas y quienes realicen la renuncia voluntaria (siempre que su facturación en exceso no supere el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa).

El primero se refiere al caso de un monotributista que presta servicios y está registrado en la categoría H que durante 2020 facturó un 20% más que el tope máximo en la actualidad, que quedaría excluido y pasaría al Régimen General. “Si eso sucediera, la persona debería pagar entre IVA y Ganancias una suma superior a los $942.100 anuales. Las modificaciones propuestas le permitirán mantenerse en régimen simplificado si paga un monto adicional cercano a los $34.800 anuales. El proyecto de ley representará un ‘ahorro’ de unos $907.000″.

Escalas

En relación con este punto, el artículo 15 establece que las escalas que deberían ser modificadas en enero se harán una vez que se apruebe el proyecto de ley y las facturaciones topes de cada una de las categorías ajustarán 35,3% que es lo que ajustó la jubilación mínima durante el 2020. La nueva escala regirá durante todo este año, según confiaron desde la AFIP en un encuentro con periodistas.