22 mayo, 2025

Chaco: una jueza ordenó suspender la ley del aborto

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). El domingo 24 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). A partir de esa fecha, y tras años de un reclamo histórico encabezado por el feminismo, Argentina pasó a integrar oficialmente la lista de países donde el aborto es legal.

Sin embargo, este jueves, la jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, Chaco, decidió hacer lugar a una medida cautelar, peticionada por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Ávila, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina, contra la Ley 27.610 y ordenó suspender la ley de interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de Chaco.

La iniciativa está dirigida, “contra el Gobierno de la Provincia del Chaco y/o el Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco y/o quien resulte responsable”.

El 15 de enero de 2021 el presidente Alberto Fernández promulgó la Ley 27.610El 15 de enero de 2021 el presidente Alberto Fernández promulgó la Ley 27.610

Según trascendió, una de las impulsoras de la medida cautelar para que la ley de interrupción voluntaria del embarazo no entre en vigencia en Chaco es Clelia Ávila, ex diputada provincial por la UCR, denunciada penalmente por el Gobierno de su provincia luego de haber atacado a un grupo de mujeres en el 32º Encuentro Nacional de Mujeres que se realizó en la ciudad de Resistencia el 14,15 y 16 de octubre de 2017.

“Somos respetuosos del Estado de Derecho, respetamos los procesos judiciales y llegado el momento, contestaremos de tal forma. La ley de interrupción voluntaria del embarazo es una ley sancionada por los representantes del pueblo. Desde el gobierno provincial, vamos a seguir impulsando este derecho para proteger a las mujeres y personas gestantes”, concluyó la misiva.

“Esta es una ley de orden público que se debe aplicar en todo el territorio de la Nación. Históricamente siempre hay algunos sectores que buscan aliados dentro del Poder Judicial para arrogarse esta representación que solo representa a un pequeño grupo”, sostuvo.

En el formulario, la persona deberá dejar constancia de sus datos personales (nombre, apellido y fecha de nacimiento, que serán confidenciales); DNI; domicilio; correo electrónico, número de teléfono móvil; nombre de la obra social o prepaga; y especificar el problema que tuvo.

Esta es la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo que va en contra de la Ley 27.610 sancionada en diciembre de 2020, promulgada el 15 de enero y en vigencia desde el 24 de enero.Esta es la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo que va en contra de la Ley 27.610 sancionada en diciembre de 2020, promulgada el 15 de enero y en vigencia desde el 24 de enero.

Para el juez fue “improcedente” el planteo y por ello desestimó la medida cautelar, aunque el planteo de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley sigue abierto a la espera de definiciones.

Pero tras habilitar la feria judicial para resolver, el juez Bavio rechazó la medida cautelar de suspender en forma general la ley de IVE.

La resolución completa de la jueza de Chaco: