14 abril, 2025

Diputados insiste con las salideras bancarias e infanticidio (¿Será la vencida?)

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Inspirados en la preocupación manifiesta de los clientes y usuarios de las entidades financieras y en la fuerte demanda de mayor seguridad y de garantías, el Congreso se apresta a aprobar una ley hacer frente a las demandas que existe en la sociedad.
La iniciativa prevé que los bancos adopten determinados recaudos en materia de seguridad, tanto en los edificios en que funcionen sus casas centrales, matrices, agencias, sucursales, delegaciones y oficinas, así como también en cuanto al transporte de dinero que realicen con medios propios o por terceros.
La Comisión de Seguridad Interior de la Cámara de Diputados había emitido el 24 de agosto un dictamen favorable en mayoría sobre este proyecto que establece medidas obligatorias en los bancos para evitar "salideras".
El proyecto busca, por ejemplo, que los bancos cuenten "en las líneas de cajas y cajeros automáticos con un sistema de protección con suficiente nivel de reserva, que impida la observación de terceros".
Además, determina que deberán funcionar "inhibidores o bloqueadores de señal que imposibiliten el uso de teléfonos celulares en el interior de las mismas" y que las sucursales bancarias deberán instalar también tesoros "blindados", entre otras cuestiones edilicias o arquitectónicas.
La preocupación por las salideras bancarias se reavivió luego de que Carolina Píparo, embarazada de 8 meses, fuera baleada por un grupo de delincuentes a la salida de un banco, lo que obligó a realizarle una cesárea de emergencia. Su bebé Isidoro falleció días después.
Si bien muchos bancos ya cumplen estas exigencias, de acuerdo con este proyecto deberán contar, entre otros requisitos, con:
Una caseta o cabina blindada en altura, que permita la vigilancia panorámica. También deberá contar con un adecuado ángulo de fuego.
Cuando las características del local hagan imposible la instalación en altura, se admitirá su construcción fuera del edificio, cerca de la puerta principal de acceso o dentro del local a nivel del suelo.
Un sistema de alarma a distancia que estaría conectado con el organismo de seguridad o policial correspondiente.
También está previsto un tesoro blindado (cemento y acero) para atesoramiento de numerario y/o de valores de terceros y/o cajas de seguridad de alquiler, en subsuelo o a nivel, separado de paredes medianeras, a prueba de incendio y de violación por elementos mecánicos o soplete oxhídrico.
De aprobarse el proyecto, los bancos deberán contar con cerraduras especiales, trabas, pasadores, cadenas, persianas de hierro o acero, barrotes y mirillas antibalas.
Se exigirá servicio de policía adicional, servicio de serenos e iluminación nocturna interna y externa, cuando resulte necesario.
Además, se indica que el lugar o recinto para operaciones importantes, tendrá que tener suficiente nivel de reserva como para que no permita la observación de terceros.
Medidas de seguridad en las cajas de atención al público, entre las que deberá establecerse un sistema de protección con suficiente nivel de reserva como para que sólo permita el encuentro entre el personal de la entidad y el usuario, e impida la observación de terceros.
Por otra parte, será necesario que las entidades cuenten con un circuito cerrado de televisión de seguridad.
En la sesión de este miércoles 08/09 se tratará también la reincorporacion en el Código Penal del Intanticio, es un proyecto consensuado entre el oficialismo y partidos de la oposición que atenúa la pena a la mujer que mata a su hijo durante el nacimiento o luego, mientras se encuentra bajo la influencia del estado puerperal y fija el castigo de 6 meses a 3 años de prisión. Es decir que el asesinato de un niño en manos de su madre, tendrá una pena excarcelable.
La figura del infanticidio fue derogado en 1994 mediante la ley 24.410, lo cual ha implicado que todos los supuestos en que la madre da muerte a su hijo (filicidio) constituyan un homicidio agravado por el vínculo, al cual le corresponde una pena privativa de la libertad perpetua (artículo 80 del Código Penal), a menos que se considere que están presentes las circunstancias extraordinarias de atenuación determinando que la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de privación de la libertad. Si se aprueba esta ley, será excarcelable.
Por otro lado, el Grupo A opositor intentará introducir en el debate un postergado pedido de informes sobre el dictamen de la Comisión Mixta Revisora de Cuentas que se refiere al informe de la AGN (Auditoría General de la Nación) que incluye la mención a irregularidades en el OCCOVI (Órgano de Control de Concesiones Viales).

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