Aprobó el Senado leyes sobre control de armas de fuego y desarmaderos
El Senado aprobó este miércoles 29/10 los proyectos de control de armas de fuego, presentado por la senadora salteña Sonia Escudero (Peronismo Federal) y de desarmaderos, que impulsó el presidente de la bancada del Frente para la Victoria, Miguel Pichetto.
La iniciativa de Escudero obtuvo 35 votos afirmativos y 27 negativos del bloque oficialista que informó daría las razones por escrito. El proyecto de desarmaderos, en tanto, consiguió 61 adhesiones y un voto en contra. Ambos proyectos fueron girados a la cámara baja para su consideración.
Al respecto, Escudero aclaró que la norma no establece ningún requisito nuevo para la tenencia de armas, ni tampoco pretende desarmar a los legítimos usuarios. Recordó que en la Argentina murieron entre 1990 y 2008, por armas de fuego, más de 59 mil personas, más que los soldados norteamericanos muertos durante la guerra de Vietnam”.
“Es un paso muy importante, algo que la sociedad nos está demandando desde hace tiempo: un mejor control de las armas. Convertimos el Registro de Armas que tenía una lógica de registrar los usuarios y las armas en una Autoridad nacional, que no sólo registre sino que, también, controle”, fundamentó la senadora Escudero.
Asimismo agregó: “Como es una autoridad de control no puede estar financiada y administrada por un ente cooperador, formado por fabricantes y comerciantes de armas, que es precisamente uno de los sectores deben ser controlados”.
El proyecto dispone, además, el pase a planta permanente de todos los empleados del RENAR. Hoy el 82% del personal está contratado por este Ente Cooperador formado por fabricantes y comerciantes de armas, en una situación de absoluto conflicto de intereses.
También se incorpora “la obligación del Poder Ejecutivo Nacional de llevar estadísticas desagregadas sobre delitos y muertes cometidos con armas de fuego, y cantidad de armas que se fabrican, importan y exportan en nuestro país. Esta información es crucial para tener un mejor diseño de las políticas en la materia”.
“No derogamos la ley vigente aclaró Escudero- estamos llenando vacíos y llevando disposiciones del RENAR hoy vigentes, a rango de ley. No estamos a favor del prohibicionismo porque sabemos que sólo favorece el incremento del mercado negro de armas, tampoco estamos intentando desarmar a los legítimos usuarios”.
“En cuanto a las autorizaciones de legítimos usuarios, la única novedad es que no se autorizará a quienes tengan antecedentes de violencia familiar”, indicó. Fuera de ese aspecto, no estamos agregando ningún requisito nuevo. Las personas, en forma previa, tienen que manifestar cuál es el fin para usar un arma, para saber si el arma que compra es la adecuada para dicha actividad”.
Desarmaderos
La iniciativa prohíbe la comercialización, transporte y almacenamiento de autopartes, repuestos y/o accesorios usados de automotores y el desarmado de un automotor para la venta de sus partes, sin debida autorización legal.
Prevé, asimismo, la clausura definitiva de todos los locales, depósitos, galpones que funcionen como desarmaderos ilegales.
Además, castiga con prisión de seis meses a dos años para: quienes comercialicen autopartes, repuestos o accesorios usados de automotores en forma ilegal; quienes desarmen un automotor para vender sus partes sin estar legalmente habilitado; y quien compre autopartes en locales o a personas no habilitados.
Penas más duras -prisión de tres a seis años- le corresponderán al que colabore para eludir las investigaciones; oculte autopartes, repuestos o accesorios usados o coopere con los autores del delito. La pena se elevará a ocho años si el robo se realiza con uso arma de fuego o con la intervención de menores de edad; y también en los casos en los que se provoque lesiones a la víctima o terceros. En caso de muerte la pena de prisión será de 5 a 10 años.
También, contempla penas para los miembros de bandas o asociaciones ilícitas que comercialicen autopartes robadas, a quienes impone pena de prisión de entre tres años y seis meses a diez años. La pena máxima se elevará a 12 años si la asociación ilícita cumple alguno de los siguientes requisitos: esté integrada por, como mínimo, 6 personas; o en caso que tenga una organización de tipo militar; o si tiene participación de funcionarios públicos o agentes de las fuerzas armadas o de seguridad.
Además, la norma prevé la identificación mediante una serie numérica de las autopartes, repuestos y accesorios usados (los que fije la reglamentación).