5 abril, 2025

Muerte digna en el Senado: 12 proyectos en el Congreso

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El debate relacionado con la muerte digna, los cuidados paliativos y el estado de vida vegetativo, es uno de los temas centrales que abordará la Comisión de Salud y Deportes del Senado de la Nación
Hasta el momento, en la Cámara alta hay 5 proyectos relativos al tema, presentados por César Gioja, Elena Corregido y Liliana Fellner (Frente parala Victoria); Liliana Negre de Alonso (Peronismo Federal); y Samuel Cabanchik (Proyecto Buenos Aires Federal).
La iniciativa de César Gioja (Frente para la Victoria- San Juan), por ejemplo, reconoce a toda persona su derecho a morir con dignidad y a que sea respetada su autonomía en este proceso, incluyendo la manifestada en forma anticipada en su testamento vital.
Habla de “testamento vital”, es decir la manifestación de voluntad escrita prestada por toda persona capaz y en pleno uso de sus facultades e inscripta en el Registro Nacional de Testamentos Vitales, en la que dicha persona exprese anticipadamente sus directivas respecto a los cuidados, tratamientos y procedimientos médicos que desea recibir en el caso de padecer una enfermedad terminal y hallarse en una situación que le impida comunicarse.
El testamento vital es revocable en cualquier momento por la persona que lo otorgó, no pudiendo ser desconocido o revocado por representantes, familiares, personal sanitario, ni autoridad o persona alguna.
Además crea crea el Registro Nacional de Testamentos Vitales, que funcionará dentro del ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.
La autoridad de aplicación establecerá los requisitos formales que deberán cumplir los testamentos vitales a fin de proceder a su inscripción. Dicho trámite será gratuito y deberá estar disponible para todas las personas que vivan dentro del territorio nacional.
Los profesionales médicos deberán consultar por escrito al Registro Nacional de Testamentos Vitales acerca de la existencia de una directiva anticipada frente a todo paciente que padezca una enfermedad terminal y que no pueda comunicarse por sus propios medios. El incumplimiento será considerado mala praxis.
En tanto, la inicicativa de Lilina Negre de Alonso y Adolfo Rodríguez Saá (Peronismo Federal-San Luis), tiene por objeto la implementación del Sistema Nacional de Cuidados Paliativos. Entiéndose por Cuidados Paliativos la atención activa, global e integral de las personas y sus familias que padecen una enfermedad avanzada, progresiva, incurable, de síntomas múltiples, intensos y cambiantes; que provocan un gran impacto emocional y afectivo en el enfermo con pronóstico de vida limitado.
Otra iniciativa de la senadora Liliana Negre de Alonso (Peronismo Federal- San Luis), modifica la ley 26.529 de Salud Pública, sobre el derecho de los pacientes, la historia cl{inica y el consentimiento informado. Para Negre de Alonso, el paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria por escrito. Todas las entidades prestatarias del servicio de salud, darán a conocer este derecho mediante aviso que deberá exhibirse en lugar visible en sus establecimientos y deberán publicarlo en sus sitios web en Internet.”
El paciente es el titular de la historia clínica. A su simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma autenticada por autoridad competente de la institución asistencial, en el acto y sin que sea necesario fundar dicha petición.
Por su parte el proyecto de la senadora tanto el Liliana Fellner (Frente para la Victoria – Jujuy), establece la protección de la calidad de vida frente a diagnósticos médicos y tratamientos de los mismos.
En Diputados
El diputado por el Partido Socialista, Jorge Rivas, planteó reformar la Ley 26.529 sobre Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado, con el objetivo de que incorpore en la legislación la figura de la muerte digna
Al respecto, la iniciativa impulsada por Rivas aborda en sus fundamentos el concepto de encarnizamiento terapéutico, que fue desarrollado por juristas especializados en Bioética y que analiza la "negación de la muerte como desenlace del proceso vital a través de medidas desproporcionadas que prolongan la vida de forma artificial, penosa y gravosa".
El proyecto contempla el derecho del paciente enfermo en situación terminal, estado irreversible o de agonía a tomar una decisión autónoma y a recibir cuidados paliativos integrales y un adecuado tratamiento del dolor en el proceso de muerte.
"Si el paciente en estado de agonía o enfermedad terminal decidiera la suspensión o limitación del esfuerzo terapéutico, cuando a criterio médico tal medida de soporte vital resulta fútil, tales directivas deberán ser aceptadas", agregó Rivas.
El diputado nacional dijo, en un comunicado de prensa, que "la premisa sobre la que se apoya el proyecto es que la vida no es una obligación, sino un derecho".
Rivas, elegido legislador por el socialismo pero aliado del bloque kirchnerista, quedó cuadripléjico en 2007 debido a las heridas recibidas durante un asalto.
En la actualidad, tras una larga rehabilitación, puede comunicarse por medio de un software especial que fue creado para su caso.
Otro proyecto que regular el ejercicio de los derechos de la persona durante el proceso de su muerte, los deberes del personal sanitario que atiende a esas personas, así como las garantías que las instituciones sanitarias estarán obligadas a proporcionar con respecto a ese proceso, fue firmado por diputados de distintas bancadas, como Juan Carlos Vega (Coalición Cívica- Córdoba), Oscar Albrieu (Frente Para la Victoria-Río Negro), Cecilia Merchan (Libres del Sur- Córdoba), Raúl Barrandeguy (Frente para la Victoria- Entre Rios) y Francisco Fortuna (Cordoba Federal-Córdoba).
Tambien hay otro expediente, del diputado Miguel Bonasso (Diálogo por Buenos Aires- Ciudad Autónoma de Buenos Aires), que tiene por objeto regular la protección de la dignidad de los enfermos en situación terminal o de agonía, a cuyo fin garantiza la autonomía de los pacientes y el respeto a su voluntad.
Para Bonasso, toda persona que se encuentre en situación terminal o de agonía deberá ser informada en forma adecuada de su estado clínico, por el profesional o equipo médico interviniente.
Cuando se tratare de un paciente incapaz, o que a causa de su estado terminal o agónico no se encontrare consciente o en uso pleno de sus facultades mentales, la información aludida en el párrafo anterior le será brindada al representante legal o al cónyuge, descendientes, ascendientes, o parientes consanguíneos hasta el segundo grado del paciente, en este orden de prelación.
La decisión libre y voluntaria del paciente de no recibir información acerca de su situación terminal, deberá ser respetada por el personal médico. En tal caso, se le solicitará al paciente que designe a una persona para que reciba dicha información y tome las decisiones necesarias en su representación.
Al igual que el senadora Liliana Negre de Alonso, la diputada Ivana Bianchi (Peronismo Federal- San Luis) propone cuidados paliativos para promover la muerte naturalk y digna, creando el el ambito de del Ministerio de Salud de la Nación, una comisi{on nacional de Cuidados Paliativos
Entiendase por cuidados paliativos, a la asistencia integral y activa de los pacientes y de sus familias por un equipo multiprofesional, cuando la enfermedad del paciente no responde al tratamiento curativo. Sus conceptos son aplicables desde etapas precoces de la evolución de la enfermedad.
Comprende el conjunto de acciones médicas, de enfermería, farmacéuticas, psicológicas, sociales, espirituales, entre otros, que mejoran la calidad de vida de las personas con enfermedad crónica, avanzada, progresiva (a pesar de los tratamientos instituidos), incurable y potencialmente mortal a corto o mediano plazo.

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