10 abril, 2025

Cristina envió al Congreso el proyecto para pasar los subtes

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El Poder Ejecutivo envió este jueves 08/03 al Parlamento el proyecto que busca ratificar la transferencia de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la competencia y la fiscalización de los servicios de transporte subterráneo y de premetro. Pero la novedad es que según la lectura del proyecto, se incluye el control de los servicios públicos de transporte automotor de pasajeros que circulan por la Capital Federal.
El gobierno busca ratificar el “Acta Acuerdo de Transferencia de los Subterráneos” que el 3 de enero la Ciudad y la Nación rubricaran, pero que se judicializó cuando Mauricio Macri dio por “suspendido” el entendimiento.
La iniciativa del Poder Ejecutivo ingresó por la mesa de entradas del Senado de la Nación con la firma de la presidente Cristina Kirchner; el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y el ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.
"Se propicia ratificar la transferencia a la Ciudad de los servicios de transporte Subterráneo y Premetro", dice el proyecto en los fundamentos y "garantiza la distribución equitativa de los recursos del Estado entre las provincias y la Ciudad".
Además de los subtes, el proyecto oficial incluye también el traspaso de de las 33 líneas de colectivos que empiezan y culminan su recorrido en la Ciudad de Buenos Aires.
El proyecto tiene 4 artículos en el que pide ratificar el traspaso, la responsabilidad de fiscalización de los servicios de subtes y premetro y que se cumpla en los 90 días pautados.
En su 1er artículo ratifica la transferencia a la CABA de los Servicios de Transporte Subterráneo y Premetro y hace hincapié en el acta celebrada el 3 de enero de 2012 entre el Estado nacional y la Ciudad.
En su artículo 2° puntualiza que le compete a la Ciudad "ejerceren forma exclusiva la competencia y fiscalización de los servicios públicos de transporte de pasajeros, a nivel subterráneos y premetro; de transporte automotor y de tranvía cuya prestación corresponda al territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
En el 3er artículo se dispone que dentro del plazo previsto en el artículo 5° del Acta Acuerdo del 3 de enero de 2012 "deberá efectivizarse la culminación del proceso de transferencia referido en el artículo 1° de la presente ley".
El 4to artículo es de forma.

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