Deberá pagar una millonaria indemnización por impedir contacto entre su hijo y el padre

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). La Cámara Nacional en lo Civil condenó a una mujer a pagar una millonaria indemnización a su ex pareja, quien también afirmó haber sido agredido en ciertas oportunidades, por impedirle durante años mantener contacto con el hijo de ambos, a pesar de haber pactado en 2002 un régimen de visitas, trascendió este miércoles en Tribunales.
La demanda por “daños y perjuicios”, por incumplimiento del régimen de comunicación, la promovió D.E.F. en 2010, aunque varios años antes había presentado una denuncia penal porque su ex pareja no le permitía mantener contacto con D., el hijo de ambos, actualmente de 19 años.
Se conocieron en abril de 1999 y luego de varios meses de una “excelente relación” el hombre se enteró, con “gran alegría”, que estaba embarazada, por lo que decidió convivir con ella.
El demandante sostuvo que a partir de entonces “la convivencia se tornó insostenible”, ya que su mujer de ese momento, lo agredía verbalmente e incluso en ciertas oportunidades, físicamente.
Entonces, en un intento por restablecer el vínculo, resolvió volver al hogar de sus padres y pactar un régimen de visitas que se concretó en 2002.
Pero, según constancias de las causas en trámite y los informes de los asistentes sociales, la mujer se opuso a las visitas, negaba la presencia del menor o decía que estaba enfermo, no atendía el teléfono, cambió de domicilio e instruía al menor para que rechazara a su padre.
Un testigo contó que en una ocasión en que acompañó al demandante hasta la vivienda que ocupaba la mujer, cuando el pibe, evidenció su deseo de ver al padre, se escuchó un cachetazo y apareció con una mejilla marcada, en tanto que escuchó que la mujer dijo: “andá, traidor”.
De acuerdo a otras constancias de la causa, en presencia del joven, quien daba trato de padre a la actual pareja de su madre, llamaba “ladrón” al progenitor y decía que los juguetes que éste le regalaba al pequeño eran “robados”, por lo que se los sacaba o rompía.
Además, expuso que esta situación le produjo como padre “el más profundo dolor y angustia”, ya que notaba el sufrimiento de su pequeño hijo quien deseaba compartir las visitas y se encontraba impedido por su madre.
La madre, en cambio, que el padre solo vio al hijo el día del nacimiento y que fue porque ella se lo pidió, mientras que el menor siempre estuvo a su exclusivo cargo, cuidado y contención.
La Sala K de la Cámara, al revisar la sentencia de primera instancia dictada en mayo de 2018 y concluyó que los elementos de prueba contra L.V.D. eran suficientes como para condenarla a pagar 1.050.000 pesos en concepto de daños psíquico y moral, más otros rubros como “gastos de farmacia”, costas del juicio e intereses desde diciembre de 2005, lo que sube la cifra a un monto varias veces millonario.
“La comunicación con los hijos no sólo es un derecho de los padres, sino también un derecho de los hijos y, por eso, un correlativo deber de aquellos”, señaló el juez Julio Ríos Becker.
“No se debe perder de vista que el vínculo entre padre e hijo es una relación bidireccional y que involucra, en definitiva, el derecho a la identidad de ambos: tanto para e. niño como para el progenitor”, agregó.
Los camaristas Osvaldo Alvarez, Silvia Bermejo y Oscar Ameal consideraron “decisivo” lo relatado por las asistentes sociales que presenciaron los encuentros, a lo que evaluaron como “una versión experta e imparcial de lo sucedido cuando F. pretendía estar con su hijo y el obrar censurable de la madre”.
Los camaristas también hicieron referencia a la falta de certificados médicos sobre las supuestas dolencias y enfermedades del menor que la madre ponía como pretexto para que el chico no saliera del hogar.