28 marzo, 2024

Bienes Personales: cuáles son las inversiones que permiten ahorrar el pago del impuesto

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Compacto Político). Cada 31 de diciembre se determina la foto a partir de la cual se determina cuál es el monto que debe pagar cada contribuyente en concepto de Impuesto a los Bienes Personales. No sólo el valor de los bienes que se incluyen en la declaración jurada sino también la forma en que están colocados influye en lo que finalmente terminará pagando cada uno, con lo cual es importante conocer qué excepciones existen que permiten ahorrar algo de lo que se abona al fisco.

Aunque los especialistas no recomiendan movimientos de último momento, porque la AFIP tiene la posibilidad de detectar maniobras de elusión, existe la posibilidad de ordenar los ahorros de manera tal que aunque su valor se mantenga constante se reduzca la base imponible siempre y cuando se esté dispuesto a mantener una inversión durante un tiempo prolongado que impida a la agencia de recaudación argumentar que se trató de una maniobra contra el fisco.

Los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están exentos

Bonos. Los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las Provincias, las Municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados (CEDROS). También bonos soberanos del Estado Plurinacional de Bolivia.

Depósitos en pesos y dólaresLos depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la ley 21.526, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el Banco Central de la República Argentina.

Acciones. Acciones y participaciones sociales (en sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitadas, etc.) paga la sociedad el 0,5% del patrimonio de esas sociedades y la persona no lo computa.

  • Los depósitos en caja de ahorro y plazo fijo, en pesos o dólares, tampoco se computan como parte del monto imponible

Fideicomisos. La participación en fideicomisos no financieros está exenta, en la medida en que el fiduciario haya pagado el impuesto que corresponde a los activos del fideicomiso (en ese caso el fiduciario paga el 0,5%). A diferencia del caso de las participaciones en sociedades, en este caso el contribuyente debe controlar que el fiduciario hubiere pagado el impuesto que corresponde al fideicomiso, sino la persona humana debe pagarlo.

Seguros de retiroEl aporte en cuentas de capitalización en compañías de seguro de retiro privado está exento.