Los regalos de Capaccioli, el procesado recaudador K
El juez federal Norberto Oyarbide dio por probado que el ex funcionario utilizó entre junio de 2006 y octubre de 2008 "fondos de las arcas públicas con un destino diferente al previsto en la reglamentación" para satisfacer "gustos personales" para él o las personas agasajadas que, no obstante, no fueron identificadas.
Capaccioli explicó que esos gastos formaban parte de "obsequios y homenajes", pero el juez advirtió que ese concepto "aparece sumamente amplio y con límites difusos", según el fallo al que accedió la agencia de noticias DyN.
Con el dinero de la "caja chica", Capaccioli pagó: "Dos camisas fantasía por $308, un vestido de bebé por $235 y un vestido Zara por $219". De la firma Ossira aparecen varias cosas: "Una remera de Leopardo por $159, un strapless drapeado por $75, una remera bijou 99", y también figuran un vestido cordero por $305, un pantalón por $220, remeras Lacoste, Ralph Laurent y ropa Nike.
Entre otros gastos, se destacan "una lupa de $500, un llavero por $350, una escultura muñeca por $548, una cuna por $386, mates y bombillas marca Cardón que en total superan los $1.300 y una caja de bombones declarada como ‘regalo a un diputado’". "La vaguedad y ambigüedad del concepto de ‘cortesía y homenaje’ no es equivalente a un ‘cheque en blanco’ para realizar todos los gastos que se pretendan -dijo el juez-. No es lo mismo obsequiar una plaqueta conmemorativa a una persona por sus antecedentes, desempeño o el prestigio que se tenga ganado que obsequiar un strapless drapeado de Ossira, solo por considerar que sería del agrado de la persona destinataria".
"Posiblemente -añadió- exista quien prefiera el segundo obsequio al primero, y ello no merece objeción alguna, pero ello no habilita a un funcionario público a disponer los fondos del erario público para complacer gustos personales".
Además de una cuestión burocrática, Oyarbide apuntó que "no surge de las rendiciones de cuentas efectuadas quiénes habrían sido los destinatarios de obsequios tales como camisas, remeras, ropa Nike, etc., por lo que cabría concluir que los mismos resultan ser de uso personal".
"Y más aún, aunque dichos presentes de homenaje y cortesía hubieran sido entregados a terceros, debe nuevamente concluirse que los mismos se encuentran por fuera de los límites reglamentarios establecidos" y "carecerían de toda ética", dijo Oyarbide en su fallo.