La Justicia convalida la venta ilegal callejera bajo el argumento de la "discriminación racial"
Un polémico fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño dispuso que la Policía Metropolitana y Federal deberán abstenerse de abordar a los inmigrantes senegaleses por la venta callejera ilegal de bujouterie y relojes.
El máximo tribunal porteño respondió así a un habeas corpus colectivo presentado en 2009 que se basó en los casos de tres ciudadanos senegaleses que denunciaron haber sufrido discriminación, arrestos ilegales, retención de sus documentos provisorios y secuestros de mercadería por parte de la fuerza pública en el barrio porteño de Once.
El fallo expuso que la venta de baratijas por parte de los senegaleses no supone una contravención ya que son un grupo en vulnerabilidad extrema y recurren a esa práctica para subsistir y abordarlos pro una presunta contravención es incurrir en un acto de discriminación.
La resolución fue aprobada por tres votos contra dos,tuvo el apoyo de los magistrados Alicia Ruiz, Luis Lozano y Carlos Balbín; mientras que los jueces Ana María Conde y José Casás lo hicieron en contra, publica un matutino porteño.
Además, el máximo tribunal porteño expuso que en el presunto caso de que un ciudadano senegalés esté cometiendo una contravención y deba ser abordardo por la fuerza pública, los agentes deberán dar aviso inmediato al Ministerio Público Fiscal, comunicarles sus derechos en su idioma -el wolof, mediante un traductor, grabaciones o un cartel- y no podrán secuestrarles mercadería ni trasladarlos a una comisaría.